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Los contratos firmados con Plus Ultra desmienten la versión oficial: la SEPI sí debía vigilar el destino del dinero del rescate

Los contratos firmados con Plus Ultra desmienten la versión oficial: la SEPI sí debía vigilar el destino del dinero del rescate
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Las investigaciones judiciales indican que la aerolínea pudo desviar unos 16 millones (de los 53 millones recibidos) a una red de blanqueo de capitales. Más información: La SEPI infló los empleos de Plus Ultra, su cuota de mercado y minimizó su crisis financiera para aprobar el rescate

Bartolomé Lora, vicepresidente de la SEP y presidente en funciones durante la concesión del rescate de Plus Ultra. Arte EE

Empresas Los contratos firmados con Plus Ultra desmienten la versión oficial: la SEPI sí debía vigilar el destino del dinero del rescate

Las investigaciones judiciales indican que la aerolínea pudo desviar unos 16 millones (de los 53 millones recibidos) a una red de blanqueo de capitales.

Más información: La SEPI infló los empleos de Plus Ultra, su cuota de mercado y minimizó su crisis financiera para aprobar el rescate

Publicada 29 mayo 2026 02:30h Las claves

Las claves Generado con IA

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) debía realizar un seguimiento exhaustivo de la gestión que Plus Ultra hizo de los 53 millones de euros de la ayuda pública recibida.

Esta supervisión periódica se debía mantener además durante todo el plazo establecido para devolver el préstamo concedido. En el caso de la aerolínea durante siete años, hasta 2028.

No hablamos de una responsabilidad política, ni un deber moral respecto al uso de los recursos públicos, sino que es una obligación legal contenida en los documentos firmados entre la SEPI y Plus Ultra, a los que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.

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Estos contratos fueron firmados por el actual vicepresidente de la SEPI, Bartolomé Lora, y avalados por el consejo gestor del Fondo de Ayuda a la Solvencia de las Empresas Estratégicas (Fasee) compuesto por un representante del Ministerio de Economía, de Hacienda, de Transición Ecológica y de Industria. También recibieron el plácet del Consejo de Ministros.

Documentos que reflejan -entre otras obligaciones- la creación de una comisión de seguimiento para vigilar la gestión integral de la compañía en el que debían estar al menos tres representantes de la SEPI.

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Los acuerdos firmados establecen específicamente que la compañía tenía que hacer una descripción a la SEPI "de la utilización del apoyo público solicitado con cargo al fondo".

De esta manera, se contradice la versión del que entonces era presidente en funciones de la SEPI, Bartolomé Lora, que el pasado 15 de abril se desmarcó de este control en la comisión de investigación del Senado.

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"Nosotros, en la comisión de seguimiento, lo que fundamentalmente tenemos que revisar es el contrato de financiación y el plan de viabilidad. No entramos en la gestión de la compañía, no entramos en el detalle".

Por otro lado, en su comparecencia del 12 de mayo, uno de los miembros de esta comisión de control de Plus Ultra, José Ángel Partearroyo , indicó que las funciones y "la obligación de un consejero, igual que en la comisión de seguimiento de las operaciones del Fasee, no son las de ver si se ha realizado un pago concreto si no se somete a autorización del consejo de administración".

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Partearroyo aparece además en el auto de la Audiencia Nacional como el encargado de hacer el seguimiento al expediente de Plus Ultra, en su condición de director de Participadas IV. Incluso hay mensajes que revelan que tenía relación directa con directivos de la aerolínea para comentar avances de la operación.

El problema es que los contratos a los que ha tenido acceso este diario indican precisamente lo contrario de lo que dicen Lora y Partearroyo: la concesión de la ayuda implicaba la puesta en marcha de una serie de mecanismos y protocolos que obligaban a la SEPI a controlar periódicamente toda la gestión de Plus Ultra.

Un hecho que cobra especial relevancia tras conocer las recientes investigaciones judiciales lideradas por el juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, que indican que la aerolínea pudo desviar unos 16 millones (de los 53 millones recibidos) a una red de blanqueo de capitales.

Es así como las pesquisas revelan que al menos 2,5 millones acabaron en “cuentas opacas” en Suiza, Montenegro, Gibraltar, Reino Unido y Mauricio. Hechos que, en el caso de comprobarse, reflejan el fracaso de esta supervisión.

Concesión de la ayuda

No hay ninguna constancia documental en la que la SEPI haya detectado irregularidades tras la concesión de la ayuda en los últimos cinco años. De hecho, este diario ha podido constatar que en el caso de Plus Ultra no se estableció ningún tipo de vigilancia especial, más allá de la comisión de seguimiento, pese a las sospechas que desde el principio se lanzaron sobre este caso.

En el transcurso de marzo de 2021, Bartolomé Lora -como presidente de la SEPI en funciones y responsable del Fasee- y los representantes legales de Plus Ultra firmaron cuatro acuerdos en los que se establecen las condiciones financieras de la ayuda, los supuestos de incumplimientos del acuerdo y la forma en la que la sociedad pública debía supervisar la gestión de la aerolínea.

Se firmó un acuerdo genérico de la concesión de la ayuda denominada "apoyo financiero público temporal"; un contrato de financiación; un acuerdo de gestión; y un contrato de prenda sobre acciones.

En ellos se establecía claramente el uso que Plus Ultra debía hacer del dinero recibido. "Se destinará exclusivamente a cubrir parcialmente las necesidades de circulante de la beneficiaria, tales como pago de nóminas y gastos de seguridad social, pago de impuestos, alquileres, suministros, otros costes directos (tasas, mantenimiento de inmovilizado, costes de distribución, financieros y otros servicios exteriores), todos los demás gastos operativos ordinarios de la actividad y, en general, las necesidades de liquidez y financiación de la beneficiaria última".

Requisitos del uso del rescate

En los documentos se establece claramente que el apoyo financiero "no se podrá destinar a otras finalidades ni a otras entidades distintas de la beneficiaria salvo que respondan a operaciones comerciales en las condiciones usuales de mercado, respondiendo a razones legítimas y en cumplimiento de la normativa vigente que sea aplicable".

Esta obligación firmada por las dos partes invalida buena parte de la defensa que pudiera ejercer Plus Ultra respecto del destino de los fondos y una eventual justificación de su utilización.

En el acta de concesión del rescate también se indica que las decisiones estratégicas de la empresa quedan supeditadas a autorización previa del consejo gestor "con la finalidad de asegurar el buen fin y adecuada asignación de los recursos públicos, así como el cumplimiento de las condiciones establecidas".

Esto suponía que determinadas decisiones de los órganos sociales de Plus Ultra sobre materias relevantes requerirán la previa conformidad del consejo gestor del Fasee. Y se citaba explícitamente modificaciones estructurales societarias, cambios sustanciales del negocio u operaciones que puedan afectar a la actividad o la solvencia.

Información mensual

Plus Ultra se comprometió a facilitar mensualmente, información sobre estados financieros, acumulado y proyecciones de la cuenta de resultados, de balance, y de flujos de caja, así como un informe en el que se detallaran las previsiones para trece semanas vista de su cuenta de resultados y flujos de caja, "así como las desviaciones que se hayan producido en la previsión anterior, con la correspondiente justificación".

También se obligaba a entregar el detalle de las obligaciones o contingencias no recogidas en balance existentes a la fecha de cada informe e información sobre cuestiones o asuntos que eventualmente pudieran suponer un acuerdo relevante "o que pudieran dar lugar a una causa de vencimiento anticipado o de amortización obligatoria de la financiación".

Se debía además aportar información sobre cuestiones de índole laboral que pudieran afectar a la actividad de la compañía o que supusieran conflictividad laboral; sobre hechos relevantes o significativos acaecidos en cada periodo, "incluyendo la relativa a litigios relevantes, impuestos, operaciones relevantes que afecten al negocio o cambios normativos".

Además se debía aportar el estado de situación de las garantías de la financiación, informe de control de gestión y de seguimiento del plan de viabilidad vigente en cada momento, con las medidas correctoras en su caso; y en el mes en que se dispongan, las cuentas anuales y el informe de auditoría.

Plan de viabilidad

Para realizar este control se estableció una comisión de seguimiento para "facilitar el cumplimiento, seguimiento, vigilancia y el control de la ejecución del plan de viabilidad" presentado por Plus Ultra y "de los compromisos adquiridos por ésta, para demostrar su viabilidad a medio y largo plazo, así como para superar su situación de crisis, describiendo la utilización del apoyo público solicitado con cargo al fondo, los riesgos medioambientales, las previsiones para afrontarlos y su estrategia energética".

La comisión de seguimiento pasó a estar integrada por tres miembros del equipo directivo "de primer nivel" de Plus Ultra y tres miembros del equipo directivo de SEPI. De momento, solo se ha hecho público que en el caso de Plus Ultra uno de sus miembros era Partearroyo, que también fue parte de la comisión de seguimiento de Air Europa.

La comisión de seguimiento debía celebrar reuniones mensuales con carácter previo a las sesiones de los consejos de administración de Plus Ultra. Y toda su actividad debía quedar registrada en actas oficiales firmadas por todos sus miembros.

Esta comisión "debía verificar regularmente el grado de cumplimiento de las proyecciones incluidas en el plan de viabilidad vigente en cada momento, analizando la situación de las principales variables tanto operativas, como financieras, las posibles medidas correctoras y, en su caso, la conveniencia de revisar los compromisos de la beneficiaria incluidos en el plan de viabilidad vigente en cada momento, o cualquier otra modificación de este".

Cuentas anuales

Plus Ultra debía aportar el borrador de las cuentas anuales no más tarde los noventa días siguientes al final de cada ejercicio social y, en todo caso, con diez días de anticipación a la celebración del consejo de administración en que se vaya a proceder a la formulación de cuentas de la solicitante.

Es así como el Fasee, a través de la SEPI, tenía derecho a pedir información respecto de las actividades, negocios y/o acuerdos de Plus Ultra, "incluyendo las reorganizaciones o reestructuraciones de plantilla, pudiendo a tal efecto solicitar la información, documentación y aclaraciones que estimen oportuno".

Plus Ultra debía además entregar información sobre cuestiones o asuntos que eventualmente pudieran suponer un acuerdo de la Junta General o del Consejo de Administración y que estén considerados como acuerdos relevantes "o que pudieran dar lugar a una causa de vencimiento anticipado o de amortización obligatoria de la financiación".

Durante el tiempo que estuviese en vigor el acuerdo (hasta 2028) el órgano de administración de Plus Ultra debía elaborar el presupuesto para el siguiente ejercicio social que sería sometido a la aprobación de los consejeros, en una sesión del consejo debidamente convocada al efecto.

Air Europa y Duro Felguera

Un cúmulo de requerimientos que ponían sobre el papel un exhaustivo control financiero de toda la gestión de Plus Ultra y que precisamente se había creado para que la aerolínea hiciera un correcto uso de los fondos públicos.

En todo caso, si comparamos el control que en la práctica se hizo de Plus Ultra vemos que hay algunos matices importantes.

Por ejemplo, en el caso de Air Europa y Duro Felguera, los otros rescates que la SEPI primero aprobó junto con el de la aerolínea, sí que se intervino en los consejos de administración nombrando vocales y supervisando (y consensuando) el nombramiento de nuevos consejeros delegados.

Sin embargo, en el caso de Plus Ultra no se hizo ninguna modificación en su consejo de administración, ni se cambió a nadie del equipo directivo por presiones de la SEPI. Es más, fuentes conocedoras del caso aseguran que nunca se planteó meter a alguien en el consejo para comprobar que cumplía con el plan de viabilidad comprometido.

  1. José Luis Rodríguez-Zapatero
  2. SEPI Sociedad Estatal Participaciones Industriales
  3. María Jesús Montero
  4. Plus Ultra Líneas Aéreas
  5. Ministerio de Hacienda

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