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Los enfermos de Párkinson y espina bífida podrán jubilarse a partir de los 56 años

Los enfermos de Párkinson y espina bífida podrán jubilarse a partir de los 56 años
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El Gobierno amplía el acceso al retiro anticipado por razón de discapacidad a los afectados por once nuevas patologías
Los enfermos de Párkinson y espina bífida podrán jubilarse a partir de los 56 años

El Gobierno amplía el acceso al retiro anticipado por razón de discapacidad a los afectados por once nuevas patologías

Regala esta noticia Añádenos en Google Paciente con Párkinson, en una foto de archivo. (EP)

José A. González

28/07/2026 a las 14:28h.

En España se diagnostican cada año 10.000 nuevos casos de párkinson. De ellos, entre 1.000 y 1.500 corresponden a personas menores de ... 50 años, según la Sociedad Española de Neurología (SEN). Desde este miércoles, quienes no puedan realizar sus tareas laborales diarias pueden acceder a la jubilación anticipada. También podrán hacerlo alrededor de 30.000 personas con espina bífida o con alguna de otras nueve patologías. Todas ellas podrán adelantar su jubilación a los 56 años, siempre que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

«Quienes padecen enfermedades graves que condicionan su desempeño laboral podrán beneficiarse de esta medida», ha señalado la ministra Elma Saiz en un comunicado remitido tras el Consejo de Ministros.

Tras casi medio año de tramitación, la Comisión Técnica del departamento de Elma Saiz dio el visto bueno el pasado mes de enero. De este modo, varias asociaciones que agrupan a estos pacientes ven cumplida una demanda histórica. No obstante, aún queda pendiente la publicación de la medida en el Boletín Oficial del Estado. «Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE», recuerda Seguridad Social.

El procedimiento ha contado con la participación de especialistas médicos, científicos y expertos en discapacidad, así como de representantes de organismos como el Instituto de Salud Carlos III, el Consejo Médico Forense, la Sociedad Española de Medicina Interna, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Imserso y el Consejo Nacional de la Discapacidad. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha estudiado las solicitudes y elaborado los informes correspondientes a cada patología.

Para acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada, las personas afectadas deberán estar dadas de alta o en una situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante. Además, tendrán que acreditar al menos 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral y demostrar que durante un mínimo de cinco años han padecido alguna de estas enfermedades con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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