El Tribunal Constitucional dio ayer vía libre a los 'dedazos' en la cúpula del Ministerio Fiscal. Lo hizo dividido entre la mayoría progresista y la minoría conservadora al estimar los recursos de amparo del fiscal Eduardo Esteban, quien será promovido a la máxima categoría de la carrera aunque no ocupará la plaza de fiscal de Sala de Menores.
La decisión del Pleno no ha estado exenta de polémica ya que la anulación de los nombramientos de Esteban como fiscal de Sala de Menores por parte del Tribunal Supremo puso de relieve la sesgada política de nombramientos de la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado, basada en afinidades asociativas, ideológicas y amistades personales más que en el mérito y la capacidad.
La sentencia del Constitucional, ponencia del magistrado Ramón Sáez, corrige al Supremo ya que considera que "desvirtuó el régimen legal de nombramiento discrecional y otorgó un trato desigualitario al recurrente en amparo en el acceso al cargo por razón de su menor especialización en menores frente a otros candidatos". Apoyaron esta tesis la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y los magistrados María Luisa Balaguer, María Luisa Segoviano, Laura Díez y Juan Carlos Campos, además del ponente.
Por su parte, durante la deliberación, anunciaron la emisión de voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.
En un voto conjunto, al que ha tenido acceso EL MUNDO, Arnaldo, Espejel y Macías critican la nueva usurpación de funciones del TC frente al Alto Tribunal. «La sentencia del Tribunal Constitucional se coloca en un rol impropio de revisión de un razonable criterio interpretativo de la legalidad ordinaria por parte del Tribunal Supremo (..) El TC excede el canon de enjuiciamiento que le corresponde», indican estos magistrados.
"Efecto desalentador"
Además, en el voto particular, se sostiene que el fallo sobre la plaza de fiscal de Sala de Menores «provocará sin duda un efecto desalentador en el control jurisdiccional de los nombramientos discrecionales por parte del Gobierno y de las administraciones públicas. Supondrá, en consecuencia, un lamentable retroceso en la lucha contra las inmunidades del poder público».
De igual manera, estos magistrados critican que «el recurso de amparo constitucional, pensado como un remedio extraordinario para tutelar a los ciudadanos frente a los abusos de los poderes públicos, se termina convirtiendo en el presente caso en una suerte de contra-amparo, en el que el TC, so pretexto de amparar al recurrente (a quien en ningún caso el TS ha vulnerado su derecho al acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad), lo que viene en realidad es a apuntalar una resolución del poder ejecutivo por completo ajena a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad que deben presidir todo nombramiento para un cargo público, incluso los de aquellos de carácter discrecional».
Arnaldo, Macías y Espejel recalcan que existía una base legal y un desarrollo normativo interno, "que todos los peticionarios debían conocer previamente, que permitía advertir la relevancia del mérito derivado de la especialización en la materia de menores para ocupar la plaza del Fiscal de Sala que, precisamente, es el responsable de la coordinación y supervisión de la actividad del Ministerio Fiscal en materia de protección y reforma de menores".
Eduardo Esteban no tenía dilatada experiencia en Menores frente al otro aspirante a la plaza, el fiscal de Sala José Miguel de la Rosa, gran experto en la materia. "Dicho de otra forma, no parece fácil dirigir, coordinar, organizar, unificar o supervisar aquello que no se conoce", agrega el voto particular.
"Afinidad ideológica"
De igual manera, en el voto se defiende que el Tribunal Supremo "debe fiscalizar el ejercicio de la discrecionalidad". Añaden que "la propuesta de nombramiento formulada por la fiscal general del Estado [en referencia a Dolores delgado] y hecha suya por el Gobierno, ahora avalada por la sentencia de la que se discrepa, considera que, en realidad, los conocimientos en la materia de menores son perfectamente prescindibles para ocupar la plaza de Fiscal de Sala Coordinador de Menores. Se trata por supuesto de un argumento buscado de propósito a fin de alcanzar el resultado apetecido de designar para desempeñar ese puesto no a un fiscal escogido entre quienes acrediten más cualificación, mayor aptitud, sino a quien se considera próximo por presumibles razones de afinidad ideológica".
También emitirá voto particular el magistrado Ricardo Enríquez quien mostró ayer en el Pleno su desacuerdo con la decisión de la mayoría al entender que la corte de garantías de nuevo se ha convertido en tribunal de justicia ordinaria, suplantando las funciones de la Sala Tercera.