Los sindicatos UGT y CCOO han convocado hoy a los conductores profesionales de transporte de mercancías, viajeros y grúas autopropulsadas a concentrarse el 10 de marzo en Madrid para exigir al Gobierno que resuelva de forma favorable la solicitud para que se reconozca la jubilación anticipada por coeficientes reductores de este colectivo.
Loa sectores profesionales de carreteras, urbanos y logística de UGT y CCOO exigen al Gobierno que se resuelvan de forma favorable las solicitudes presentadas el octubre de 2025 para que se reconozcan los coeficientes reductores que permitan el adelanto de la edad de jubilación de los conductores de los sectores de transporte de mercancías, transporte de viajeros por carretera y grúas autopropulsadas de España a concentrarse el 10 de marzo en Madrid.
Los sindicatos señalan hoy en un comunicado que aunque la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) está tramitando ya los respectivos procedimientos, a fecha de hoy dicen no tener garantías de que la resolución vaya a ser favorables, por lo que han decidido retomar la movilización del colectivo,
Recuerdan que los conductores profesionales son uno de los colectivos que ya habían pedido la jubilación anticipada a los 52 años siguiendo los pasos del Real Decreto de coeficientes reductores (RD 402/2025 de 27 de mayo) publicado el pasado mes de mayo de 2025 que permitía adelantar la jubilación a determinadas profesiones consideradas penosas o peligrosas. Dicho reglamento facilita a ciertos colectivos la jubilación ancipada para que dependa de la aprobación favorable por parte de un proceso administrativo y no a través de un proceso de negociación salvo en lo que respecta a la firma del texto de la solicitud conjunta y la fecha de la presentación.
El procedimiento bajo el RD permite desde que la Seguridad Social pueda iniciar formalmente la evaluación técnico-actuarial de la petición de determinados colectivos profesionales al amparo del Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, siguiendo procedimiento administrativo concreto y de derecho, con un sujeto profesional identificado (conductores mecánicos y conductores conforme al II Acuerdo General del sector) y con el respaldo del sector.
La solicitud para la jubilación anticipada de los conductores se registró el pasado 20 de octubre de 2025 suscrita por UGT junto a CCOO y la patronal Agrupación Empresarial Nacional de Alquiladores de Grúas de Servicio Público (Anagrual). Su respuesta final depende de que una comisión de la que forman parte técnicos de Ministerios, patronales empresariales y sindicatos, apruebe un informe técnico favorable que permita acogerse a dichos coeficientes, que conlleva un incremento en la cotización a la Seguridad Social (cotización adicional) a cargo de la empresa y del trabajador (o solo del trabajador si es autónomo), que regula el proceso para determinar los supuestos en los que procede anticipar la edad de jubilación.
¿Qué son los coeficientes reductores?
DREAMSTIMEEXPANSIÓNSon, básicamente, unos "descuentos" en la edad de jubilación. Es decir, permiten que las personas que realizan trabajos especialmente penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres puedan jubilarse antes de la edad legal establecida, sin que por ello la pensión se vea penalizada. Si una profesión tiene coeficientes reductores, significa que la Seguridad Social reconoce que el organismo se desgasta más rápido debido a las características del puesto.
- No es para todos los trabajos: Solo se aplican a aquellas profesiones para las que se demuestre que hay unas condiciones excepcionales de penosidad, peligrosidad, toxicidad o insalubridad. Se estudia cada caso: Para que se apliquen, se sigue un procedimiento riguroso donde se analizan informes médicos, de seguridad y salud, de la Inspección de Trabajo, etcétera.
- Implica un coste extra: La aplicación de estos coeficientes conlleva un pequeño aumento en las cotizaciones a la Seguridad Social, que se reparte entre la empresa y el trabajador (o lo asume el autónomo), para asegurar la sostenibilidad del sistema.
- Anticipación de la edad de Jubilación: El efecto más importante y directo es que permise jubilarse antes de la edad de jubilación legal. Por ejemplo, si su trabajo tiene un coeficiente reductor de 0,10 por cada año trabajado, por cada 10 aos que se trabaje en esa profesión se cuenta como sei se hubiera trabajado un año más de cara a la jubilación.
- Sin penalización en la pensión: No implica una reducción en el importe de la pensión. Los coeficientes están diseñados para que, a pesar de jubilarse antes, la pensión se calcule como si se hubiera trabajado hasta la edad ordinaria. Es una forma de compensar el desgaste sufrido.
- Límite de edad: Aunque permiten adelantar la jubilación, incluso aplicando estos coeficientes, la edad mínima de acceso a la pensión nunca puede ser inferior a 52 años.
Con este paso, se da cumplimiento a los compromisos alcanzados previamente entre los agentes sociales, iniciando la vía legal para la aplicación de coeficientes reductores conforme a la Ley General de la Seguridad Social.Dado que la Administración tiene un plazo de seis meses para resolver, dicho procedimiento tendría que estar resuelto el próximo mes de abril de 2026.
Los sindicatos argumentan que los conductores profesionales de transportes de mercancías o viajeros por carretera desempeñan un trabajo peligroso, expuesto continuamente a accidentes de tráfico y en ocasiones con transporte de mercancías peligrosas, y pasan gran cantidad de número de horas en el puesto de conducción, trabajo a turnos, trabajo nocturno, descanso en cabinas de camión y manipulación de cargas. Recuerdan que los datos oficiales y estudios recogidos en la solicitud muestran tasas elevadas de accidentes —incluidos graves y mortales—, mayor duración de bajas y agravamiento de riesgos con la edad, elementos centrales que justifican medidas compensatorias como los coeficientes reductores.
En consecuencia se exponen a riesgos como fatiga, trastornos del sueño, cardiovasculares y respiratorios, estrés, exposición a contaminantes, exposición a temperaturas extremas, riesgos ergonómicos y trastornos osteoarticulares, posturas forzadas y trastornos musculoesqueléticos, exposición a ruido y vibraciones, aislamiento social y otros riesgos psicosociales que se agravan con la edad.
Igualmente, el trabajo se caracteriza por el "sedentarismo y posturas estáticas prolongadas en posición sedente, que, unidas a la turnicidad y nocturnidad, provocan un deterioro de la salud", añaden. "La edad constituye un factor determinante en la pérdida o disminución de capacidades motoras (problemas de movilidad), sensoriales (vista y oído) y cognitivas, por lo que un conductor de avanzada edad al volante supone un riesgo para la seguridad vial, propia y de terceros".
UGT recuerda que la actividad de los conductores profesionales es crítica para el funcionamiento del país, pero al mismo tiempo catalogada como de difícil cobertura dado que cada vez cuesta más encontrar conductores y conductoras profesionales con disponibilidad para asumir las actuales condiciones de trabajo en el sector, es un colectivo altamente envejecido, con trayectorias largas al volante y con un impacto directo en la salud y la realidad diaria del trabajo implica penosidad y elevada siniestralidad.
"Reconocer coeficientes reductores significa reconocer que no es razonable exigir a una persona con décadas de fatiga acumulada en la carretera, sometida a riesgos continuos y cargas físicas y mentales intensas, que alargue su vida laboral como si el puesto fuera neutro para su salud", señala CCOO.
"Nuestra solicitud se alinea con la realidad de otros países de la Unión Europea. Sistemas de jubilación en países como Francia (con su sistema de pénibilité o penosidad, que incluye a conductores de autobús ), Alemania (con cláusulas de salida anticipada en convenios colectivos del transporte público), e Italia (con el sistema lavori usuranti que incluye a conductores de transporte público de pasajeros), ya reconocen y facilitan la salida temprana de esta actividad profesional.
Resolución positiva o negativa
La DGOSS emite la resolución final (el plazo máximo para resolver el procedimiento es de seis meses), que puede ser:
- Estimatoria: Si se cumplen las condiciones y no es posible modificar las condiciones de trabajo. Se da inicio a los trámites para la aprobación del Real Decreto de reconocimiento de los coeficientes reductores, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Desestimatoria: Si no concurren las condiciones de excepcional penosidad, peligrosidad, toxicidad o insalubridad y no se objetivan elevados índices de morbilidad o mortalidad, o si se cumplen las condiciones pero es posible la modificacin de las condiciones de trabajo.
- Consecuencia y dinanciación: La aplicación de los coeficientes reductores conlleva un incremento en la cotizacin a la Seguridad Social (cotización adicional) a cargo de la empresa y del trabajador para mantener el equilibrio financiero del sistema.
Fuente: Sector de carretera y logística de CCOO.
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