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Mercadona ya sabe cuál es el precio por vulnerar la libertad sindical de su plantilla: una indemnización de 22.503 euros

Mercadona ya sabe cuál es el precio por vulnerar la libertad sindical de su plantilla: una indemnización de 22.503 euros
Artículo Completo 911 palabras
Mercadona es una de las cadenas de supermercados que mejor paga a sus empleados. También es una de las que aplica una política laboral más dura, con quejas y demandas por despidos improcedentes y presiones a sus trabajadores. El último pronunciamiento judicial ha condenado a la empresa de Juan Roig a indemnizar a la Confederación Intersindical Galega (CIG) por vulnerar la libertad sindical de sus trabajadores. El comité de Pontevedra. El conflicto tiene su origen en el Comité de Seguridad y Salud (CSS) de Pontevedra, un órgano en el que participan cuatro delegados sindicales de prevención de riesgos laborales: dos de UGT y dos de CCOO, junto a cuatro representantes de Mercadona. Las delegadas de la Confederación Intersindical Galega también asistían a las reuniones, pero a diferencia de los cuatro delegados de UGT y CCOO, solo tenían voz en el comité, pero no voto, al no ostentar la figura de delegadas de prevención. En Xataka Juan Roig, fundador de Mercadona, sobre por qué sus gerentes cobran 2.100 euros: "necesitas que el trabajador se sienta bien tratado" Sin documentación para las sindicalistas. En ese contexto, las dos delegadas sindicales de la CIG se encontraron con que Mercadona les negaba documentación relevante para los temas que se abordaban en ese comité, que sí entregaba a los representantes de UGT y CCOO, mientras que a ellas tan solo les mostraba los informes proyectados en una pantalla durante la reunión. Es decir, se sentaban a debatir sobre medidas sobre las que no les habían proporcionado información previamente. Una diferencia de trato que el tribunal ha considerado injustificada y contraria a la ley. El 2 de diciembre de 2025, el sindicato solicitó por escrito a Mercadona los informes de evaluación psicosocial, el reglamento del CSS y los datos de nombramiento de los delegados de los otros sindicatos. Ese mismo día, sin más dilación, Mercadona rechazó la solicitud argumentando que las delegadas de la CIG no eran delegadas de prevención y, por tanto, no tenían derecho a recibir esa documentación. En Xataka La inversión más rentable del matrimonio Roig es Mercadona: la segunda es una de las mayores colecciones de arte del mundo La justicia les dio la razón. Ante la negativa de Mercadona a entregar a las delegadas los documentos necesarios, la CIG interpuso una demanda ante el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia para obligar a Mercadona a entregar los documentos que les permitían hacer valer los derechos de los trabajadores que representaban. El tribunal analizó cada una de las tres peticiones del sindicato y su denegación por parte de Mercadona, declarándolas contrarias al derecho fundamental de libertad sindical establecido en el artículo 28.1 de la Constitución Española. En declaraciones a La Voz de Galicia, Transi Fernández, secretaria comarcal de CIG-Servizos de Vigo, aseguraba que "no entendemos esta represión que está haciendo la empresa. Este hostigamiento tiene que parar". Tres de tres contra Mercadona. La primera conducta que el tribunal reprochaba a Mercadona en su sentencia, consistía en negar a las delegadas de la CIG los mismos informes y documentos sobre prevención de riesgos laborales que la empresa sí entregaba al resto de miembros del CSS. El tribunal subrayó que la única limitación que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone a las delegadas sindicales de CIG en este órgano es la ausencia de voto, pero en ningún caso el acceso a la información. Las otras dos conductas declaradas nulas fueron la negativa a facilitar una copia del reglamento de funcionamiento interno del CSS y la negativa a informar sobre la identidad y fechas de nombramiento de los delegados sindicales de UGT y CCOO, lo que impedía a la CIG verificar si existía un trato desigual o de favoritismo entre organizaciones sindicales. La condena no quedó en amonestación: hay indemnización. El TSXG no se conformó con apercibir a Mercadona e instarle a deponer su actitud de bloqueo, sino que fijó una indemnización en 22.503 euros por daños morales, tomando en consideración la vulneración de un derecho laboral fundamental. Fuentes de Mercadona consultadas por Europa Press indicaron que la compañía estaba "valorando internamente" si recurre la sentencia, y defendieron que Mercadona facilita "siempre" toda la información al Comité de Seguridad y Salud "para su buen funcionamiento". "Ahora, desde el TSXG se interpreta que, además, tenemos que hacer entrega de esta información y documentación a los delegados sindicales que no son delegados de prevención", han apuntado representantes de la compañía fundada por Juan Roig, atribuyendo la sentencia a esta "diferencia de interpretación legal". En Xataka | Hay tal obsesión por los supermercados en España que ya tienen hasta sus propios "hooligans" generados por IA Imagen | Wikipedia - La noticia Mercadona ya sabe cuál es el precio por vulnerar la libertad sindical de su plantilla: una indemnización de 22.503 euros fue publicada originalmente en Xataka por Rubén Andrés .
Mercadona ya sabe cuál es el precio por vulnerar la libertad sindical de su plantilla: una indemnización de 22.503 euros
  • Mercadona ha sido condenada por el TSXG a pagar 22.503 euros por vulnerar la libertad sindical de los empleados de Juan Roig

  • El tribunal concluyó que negó sistemáticamente documentos a las delegadas sindicales de la CIG mientras sí los entregaba a UGT y CCOO

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Rubén Andrés

Editor - Trabajo y productividad

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Mercadona es una de las cadenas de supermercados que mejor paga a sus empleados. También es una de las que aplica una política laboral más dura, con quejas y demandas por despidos improcedentes y presiones a sus trabajadores.

El último pronunciamiento judicial ha condenado a la empresa de Juan Roig a indemnizar a la Confederación Intersindical Galega (CIG) por vulnerar la libertad sindical de sus trabajadores.

El comité de Pontevedra. El conflicto tiene su origen en el Comité de Seguridad y Salud (CSS) de Pontevedra, un órgano en el que participan cuatro delegados sindicales de prevención de riesgos laborales: dos de UGT y dos de CCOO, junto a cuatro representantes de Mercadona.

Las delegadas de la Confederación Intersindical Galega también asistían a las reuniones, pero a diferencia de los cuatro delegados de UGT y CCOO, solo tenían voz en el comité, pero no voto, al no ostentar la figura de delegadas de prevención.

En XatakaJuan Roig, fundador de Mercadona, sobre por qué sus gerentes cobran 2.100 euros: "necesitas que el trabajador se sienta bien tratado"

Sin documentación para las sindicalistas. En ese contexto, las dos delegadas sindicales de la CIG se encontraron con que Mercadona les negaba documentación relevante para los temas que se abordaban en ese comité, que sí entregaba a los representantes de UGT y CCOO, mientras que a ellas tan solo les mostraba los informes proyectados en una pantalla durante la reunión. Es decir, se sentaban a debatir sobre medidas sobre las que no les habían proporcionado información previamente. Una diferencia de trato que el tribunal ha considerado injustificada y contraria a la ley.

El 2 de diciembre de 2025, el sindicato solicitó por escrito a Mercadona los informes de evaluación psicosocial, el reglamento del CSS y los datos de nombramiento de los delegados de los otros sindicatos. Ese mismo día, sin más dilación, Mercadona rechazó la solicitud argumentando que las delegadas de la CIG no eran delegadas de prevención y, por tanto, no tenían derecho a recibir esa documentación.

En XatakaLa inversión más rentable del matrimonio Roig es Mercadona: la segunda es una de las mayores colecciones de arte del mundo

La justicia les dio la razón. Ante la negativa de Mercadona a entregar a las delegadas los documentos necesarios, la CIG interpuso una demanda ante el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia para obligar a Mercadona a entregar los documentos que les permitían hacer valer los derechos de los trabajadores que representaban.

El tribunal analizó cada una de las tres peticiones del sindicato y su denegación por parte de Mercadona, declarándolas contrarias al derecho fundamental de libertad sindical establecido en el artículo 28.1 de la Constitución Española. En declaraciones a La Voz de Galicia, Transi Fernández, secretaria comarcal de CIG-Servizos de Vigo, aseguraba que "no entendemos esta represión que está haciendo la empresa. Este hostigamiento tiene que parar".

Tres de tres contra Mercadona. La primera conducta que el tribunal reprochaba a Mercadona en su sentencia, consistía en negar a las delegadas de la CIG los mismos informes y documentos sobre prevención de riesgos laborales que la empresa sí entregaba al resto de miembros del CSS. El tribunal subrayó que la única limitación que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone a las delegadas sindicales de CIG en este órgano es la ausencia de voto, pero en ningún caso el acceso a la información.

Las otras dos conductas declaradas nulas fueron la negativa a facilitar una copia del reglamento de funcionamiento interno del CSS y la negativa a informar sobre la identidad y fechas de nombramiento de los delegados sindicales de UGT y CCOO, lo que impedía a la CIG verificar si existía un trato desigual o de favoritismo entre organizaciones sindicales.

La condena no quedó en amonestación: hay indemnización. El TSXG no se conformó con apercibir a Mercadona e instarle a deponer su actitud de bloqueo, sino que fijó una indemnización en 22.503 euros por daños morales, tomando en consideración la vulneración de un derecho laboral fundamental.

Fuentes de Mercadona consultadas por Europa Press indicaron que la compañía estaba "valorando internamente" si recurre la sentencia, y defendieron que Mercadona facilita "siempre" toda la información al Comité de Seguridad y Salud "para su buen funcionamiento".

"Ahora, desde el TSXG se interpreta que, además, tenemos que hacer entrega de esta información y documentación a los delegados sindicales que no son delegados de prevención", han apuntado representantes de la compañía fundada por Juan Roig, atribuyendo la sentencia a esta "diferencia de interpretación legal".

En Xataka | Hay tal obsesión por los supermercados en España que ya tienen hasta sus propios "hooligans" generados por IA

Imagen | Wikipedia

Fuente original: Leer en Xataka
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