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«Mi vecino quiere poner ascensor pero yo no lo pienso pagar»: así se resuelve la 'gran' pelea de las comunidades

«Mi vecino quiere poner ascensor pero yo no lo pienso pagar»: así se resuelve la 'gran' pelea de las comunidades
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Ni siempre es obligatorio ni, sorprendentemente, todo el mundo debe pagar la obra

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Vivir | Consumo «Mi vecino quiere poner ascensor pero yo no lo pienso pagar»: así se resuelve la 'gran' pelea de las comunidades

Ni siempre es obligatorio ni, sorprendentemente, todo el mundo debe pagar la obra

José Carlos Castillo

Sábado, 18 de abril 2026, 18:51

Ay, las juntas de vecinos... Esas reuniones donde se supone que uno se junta a solucionar problemas por el bien común y se termina discutiendo ... con el del quinto por una gotera y casi a gritos con el del segundo por unas obras en la cocina... O peor, en una guerra de insultos si lo que se debate es instalar algo tan necesario como un ascensor y no todos los vecinos lo ven igual. Este, el del elevador, no es un ejemplo cualquiera.

La instalación de un ascensor en edificios hechos antes de esa fecha es polémica por varios motivos, entre ellos, lo que cuesta -no suele ser una obra barata- y la necesidad. Sobre esto último, es común que alguien que viva en los primeros pisos lo vea más como un capricho. Y, sin embargo, el del octavo lo considere obligatorio. ¿Lo es? Diana Garrido, directora del despacho Garrido y Doñaque Abogados, explica que «la decisión de instalar o no un ascensor en un edificio residencial está sujeta tanto a la Ley de Propiedad Horizontal como a los estatutos de la propia comunidad de propietarios. Siempre teniendo en cuenta la normativa municipal y la viabilidad técnica de la instalación, acreditada por un arquitecto superior».

¿Y qué dice esa primera normativa exactamente? Pues dos cosas importantes. La primera determina cuándo es obligatorio ponerlo. Y no, no siempre lo es, como piensa el del octavo. Ahora, si quien lo solicita es un vecino con discapacidad o mayor de 70 años -o bien un familiar, conviviente o cuidador de alguno de ellos- no hay discusión posible.

Los bajos pagan también

El otro asunto que regula la Ley de Propiedad Horizontal es cómo se distribuyen los gastos de la obra: todos los propietarios han de contribuir «sin importar que se haga uso o no del servicio instalado», explican desde la Mutua de Propietarios. Pero hay un límite para repartir el montante. «El coste anual de la obra, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no puede superar las 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. En caso contrario, habrá que someter la decisión a la junta de propietarios».

Aunque ojo, porque que haya que reunirse no suprime la obligatoriedad de instalar el ascensor, deberá hacerse si los interesados asumen la cantidad económica que exceda al límite. Unos gastos en los que, apunta Garrido, «también han de participar los locales comerciales del edificio, a no ser que los estatutos de la comunidad o el título constitutivo establezcan algo diferente al respecto».

Vecinos díscolos

Cuando la instalación del ascensor no responda a una necesidad de accesibilidad, la situación es muy diferente. «Deberá aprobarse en junta con el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios, siempre que esto también equivalga a las tres quintas partes de las cuotas de participación», precisa la abogada.

Y deberán poner la pasta todos los pisos, incluso los de quienes hayan votado que no al ascensor... Salvo en dos casos: cuando los estatutos así lo contemplen para determinados vecinos y cuando el propietario en cuestión demuestre «no poder afrontar su cuota de instalación por razones económicas, lo que puede llevar a la comunidad a buscar formas de financiación alternativas como subvenciones o préstamos», recoge la Mutua de Propietarios.

Ahora bien, ¿qué ocurre si algún vecino se niega a pagar su parte de la instalación (obligatoria o aprobada en junta)? Garrido explica que «podrá obligársele por vía judicial», lo que en último término podría costarle más caro, al tener que hacer frente a intereses, costas y recargos. Por no hablar de que pierde el derecho a voto en las juntas mientras no salde sus deudas con la comunidad.

Lo que cuesta instalar (y mantener) un ascensor

Tener ascensor es una comodidad que no sale barata. El coste medio de una instalación básica (para un ascensor con hueco disponible y hasta 5 paradas) se sitúa entre los 30.000 y los 50.000 euros, señala la firma Eleva Balear. Cuando la obra implica recortar escaleras o disponer una torre metálica en un patio, las cuantías oscilan entre los 60.000 y los 100.00 euros. Y para estructuras exteriores o soluciones a medida, el presupuesto llega hasta los 150.000 euros. Luego hay que mantenerla, que puede suponer entre 30 y 120 euros al mes en función del contrato o la empresa que lo lleve a cabo.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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