Nuevas normas de trafico para motos
Nuevas normas de tráfico a partir del 1 de octubre: estos son los principales cambiosActualizado 25 AGO. 2026 - 13:16Los motoristas deberán usar cascos y guantes de protección homologados.Seguir a Expansión en GoogleHaz que nuestras noticias aparezcan en tus búsquedas- La DGT estrena cinco nuevos radares en plena operación verano
- La edad media de los coches se dispara hasta los 15 años
El Gobierno reforma el Reglamento General de Circulación con normas específicas en vías urbanas e interurbanas, nuevas normas para motoristas, usuarios de bicicletas, patinetes eléctricos y los llamados 'riders' profesionales, además de regular los carriles de emergencia en caso de nevada.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 23 de junio una modificación del Reglamento General de Circulación cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP).
Nuevo Reglamento General de Circulación
Según el Ministerio del Interior y la Dirección General de Tráfico (DGT), el objetivo de la reforma es adaptar el reglamento al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos 20 años. En las dos últimas décadas, "se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos", explica la DGT.
Por primera vez, el Reglamento General de Circulación recoge una definición de usuario vulnerable de la vía: "aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o que éstas sean de mayor gravedad".
Nuevas normas para motos, patinetes y ciclistas
Gracias a la reforma, el Reglamento General de Circulación incluye un nuevo Título VI con normas de circulación específicas en vías urbanas e interurbanas, nuevas normas para motoristas, usuarios de bicicletas, patinetes eléctricos y los llamados 'riders' profesionales, además de regular los carriles de emergencia en caso de nevada.
Los principales cambios introducidos en el Reglamento de Circulan se agrupan en seis grandes bloques:
Conductores de VMP
- Fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP).
- Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
- Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
- Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
Ciclistas
- Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
- Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo ('riders') deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
- El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m.
- En vías urbanas:
- Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
- Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
- En aquellas de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
Motoristas
- Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros.
- Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
- Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.
- Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
Equipamiento de protección
- Se suprimen las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. A partir de ahora deberán llevarlo puesto en todo momento.
- Se establece una excepción que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen habitáculo del paciente.
Vías interurbanas
- Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
- Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado "carril de emergencia".
Vías urbanas
- En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
- Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros, definiéndolo como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
- Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Las nuevas normas de tráfico entrarán en vigor el día 1 de octubre de 2026, excepto los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y el uso obligatorio de casco y guantes de protección homologados para usuarios de motocicletas, que lo harán el 1 de octubre de 2027. Los motoristas tendrán un año de prórroga para asegurarse de que estos accesorios están debidamente homologados. Mientras tanto, deberán utilizar cascos y guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad.
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