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Paco Pomares, en los pasillos de la planta noble del Ayuntamiento de Málaga. Migue Fernández La Casona del Parque Paco Pomares avanza cambios en los requisitos para una VPO en Málaga: «Tres años de padrón debería ser lo mínimo»El popular indica que tres años es lo que se pide en Barcelona y Bilbao; dos años en Sevilla, y cinco en Madrid, y que el aumento a más de un año en Málaga se incluirá el nuevo borrador del registro municipal de demandantes
Málaga
Martes, 31 de marzo 2026, 00:16
con el fin de aumentar la antigüedad mínima de un año de empadronamiento para poder ser adjudicatario de una vivienda protegida». Esta era la enmienda que le hacía el concejal de Vivienda, Paco Pomares, a una iniciativa de Vox ... en el pasado pleno, que salía aprobada por amplia mayoría, la que suman el PP y Vox, casi dos tercios de la Corporación municipal.Ante las críticas de la oposición de izquierdas indicando que esto era «racista y xenófobo», Pomares dejó muy claro que cualquier persona que opte a una VPO debe tener residencia legal en España, y que eso no se consigue antes de los tres o cuatro años. «Este asunto debe estar muy bien regulado porque, cualquiera, incluso un turista, podría acceder a una VPO». Por estos motivos, indicó, «estamos trabajando en el borrador del registro de demandantes de VPO y observando lo que están haciendo otras grandes ciudades, un texto que tendrán dentro de poco los miembros de la oposición para que también puedan realizar sus aportaciones», indica.
Pomares indica que hay ciudades como Barcelona y Bilbao, en las que el requisito es que el demandante esté tres años empadronado, mientras que en Sevilla son dos, o Madrid son cinco en el caso de alquiler de una VPO, ó 10 si se trata de compra. «Nosotros creemos que tres años debe ser lo mínimo para poder acceder a una vivienda protegida», subraya el concejal de Vivienda, que puntualiza que hay sólo dos excepciones, emigrantes retornados y personas víctimas de violencia de género. En el caso de las víctimas de violencia de género lo explica: «Alguien que viene huyendo de su pareja o expareja y de la ciudad en la que vivían es lógico que sea una excepción».
Los sorteos para adjudicar una VPO, que deben ser públicos y realizados por administraciones públicas, según la Ley de Vivienda, se harán en el salón de plenos
Otro asunto que también se va a estudiar es el padrón histórico, por el cual se tiene en cuenta a las personas que han vivido anteriormente en Málaga y quieren tener acceso a una VPO, en este caso, el área de Vivienda está estudiando valorar que, de los últimos diez años, cinco haya estado empadronado en Málaga, «es un criterio difícil, así que debatiremos y buscaremos el término medio con el resto de grupos políticos», subraya Pomares, indicando que esto se tiene en cuenta para personas que se han ido a estudiar o trabajar fuera predominantemente.
En la actualidad, la cifra del registro de demandantes de VPO en Málaga arroja la cifra de 34.466 personas, según el Instituto Municipal de la Vivienda (IMV). «La cifra real de demandantes que estamos viendo en las promociones es de 12.000 personas para compra, y 10.000 para alquiler», indica Pomares. Ante las críticas de la izquierda, subraya que si en Málaga el número de inmigrantes (con papeles) es menor del 10%, el número de solicitantes en el registro de demandantes de VPO no llega al 10%«, indicando que ninguna persona puede acceder a este registro sin una residencia legal en España, »algo que resulta obvio porque si no cualquiera podría venir de cualquier país y solicitarlo sin más, hay unas garantías jurídicas que cumplir«, subraya.
Con la nueva Ley de Vivienda de la Junta, que ha entrado en vigor en enero de este año, las administraciones públicas están obligadas a realizar los sorteos para la VPO, tanto las de promoción privadas como las públicas. En el artículo 12 de la Ley de Vivienda de la Junta también se da cuenta de «la baremación, antigüedad en la inscripción, u otros sistemas de adjudicación definidos en las bases reguladoras del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida o en las bases de la convocatoria».
La normativa también hace hincapié en que también puede haber supuestos de adjudicación diferenciada de viviendas con características específicas (familias numerosas o personas con especiales necesidades derivadas de su situación de discapacidad o dependencia)«, que son los llamados cupos para colectivos prioritarios y que ya aplica el IMV.
Es este artículo, precisamente, es el que sólo habilita a las administraciones públicas, en este caso al ayuntamiento, a realizar los sorteos de vivienda protegida. Sobre este particular, Pomares subraya que los sorteos se harán del mismo modo que los que se realizan en el salón de plenos para elegir los representantes de las mesas electorales, que se efectúan a través de un programa informático, que ponen en marcha los responsables del CEMI, con un fedatario público de la Secretaría general del Ayuntamiento. Una vez realizado el sorteo se publicará en la página del Instituto Municipal de la Vivienda (IMV), puntualizó.
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