El juez recuerda a la Audiencia que ya se han fugado presidentes de Gobierno y cita, sin nombrarlo, el caso de Bettino Craxi en Túnez
Regala esta noticia Añádenos en Google Begoña Gómez y Pedro Sánchez. (Efe)Melchor Sáiz-Pardo y Almudena Santos
08/07/2026 Actualizado a las 12:17h.El juez Juan Carlos Peinado trata de disculparse ante las fuerzas de seguridad pero acaba metiéndose en otro jardín. El instructor, en su última resolución, ... sostiene que no pretendía «ofender o menospreciar» a los escoltas de Begoña Gómez cuando apuntó que podían colaborar en una eventual fuga de la esposa del presidente del Gobierno, pero insiste ante la Audiencia Provincial de Madrid en que existen miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que no cumplen la ley. El magistrado ha defendido por escrito la retirada del pasaporte a Gómez y la prohibición de salir de España, recurrida por su defensa, y ha rebajado aquella afirmación de la ayuda en la fuga a una hipótesis, aunque sin retirarla del todo.
«No se dice que ese riesgo de fuga no exista», responde el instructor. Según Peinado, lo que alegó la defensa es que ese riesgo quedaba neutralizado porque los escoltas conocen en todo momento el lugar en el que se encuentra la esposa de Pedro Sánchez. El juez replica que eso no permite descartar «la posibilidad material de la fuga» y que la misión de esos agentes es protegerla frente a terceros, no fiscalizar sus movimientos para asegurar su sometimiento al proceso penal.
El punto más delicado de esta nueva resolución del siempre controvertido instructor llega cuando el magistrado intenta explicar la frase que provocó el choque institucional con Interior, la Policía y el CGPJ. En el auto de apertura de juicio oral, Peinado sostuvo que los agentes podían colaborar en una eventual fuga «bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos». Ahora precisa que no afirmó que ese escenario fuera probable.
«No se dice que sea probable, o previsible, siendo una mera hipótesis», escribe. Y añade: «En modo alguno se ha tratado de ofender o menospreciar la labor de esos funcionarios, que quien por razones de distinta índole, por su experiencia profesional, con quien ha venido compartiendo muchos años de actividad profesional, generalmente, y casi en su totalidad, de forma ejemplar, y porque conoce la labor, careciendo de los medios idóneos, para llevar a cabo su trabajo lo realizan de forma abnegada».
Peinado combina esa defensa de los escoltas con una afirmación que vuelve a apuntar a los cuerpos policiales. El magistrado sostiene que existe «la posibilidad de que haya elementos individuales que no cumplen adecuadamente con sus obligaciones», y que es por esos mismo que existe la Unidad de Asuntos Internos, creada precisamente para investigar esas conductas. También recuerda que hay procedimientos en curso contra funcionarios «de diferente escala o categoría» y menciona, como ejemplo genérico, unidades de delincuencia económica y fiscal.
El informe del juez llega después de la tormenta provocada por las cautelares impuestas a Gómez el 20 de junio. Peinado le retiró el pasaporte, le prohibió salir de España y le impuso comparecencias apud acta dos veces al mes. La misma medida se acordó para Cristina Álvarez, la asesora de Moncloa que asistía a la esposa del presidente y que también fue enviada a juicio oral.
Interior elevó una queja al Consejo General del Poder Judicial por el «grave cuestionamiento» de la profesionalidad de los agentes. La Dirección General de la Policía defendió públicamente el honor y la integridad de sus funcionarios. La Comisión Permanente del CGPJ remitió después el auto al Promotor de la Acción Disciplinaria para que valore si las expresiones del juez pueden constituir una falta grave de desconsideración hacia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Camacho recurrió las cautelares ante la Audiencia. En su escrito calificó de «tan disparatada como ofensiva» la hipótesis de que los escoltas pudieran facilitar una fuga. También alegó que Gómez había comparecido siempre que fue citada, que tiene arraigo familiar, social, laboral y profesional en España y que la escolta oficial permite al Estado conocer en todo momento su ubicación.
Peinado rechaza ahora esa lectura. Sostiene que la retirada del pasaporte no es desproporcionada por la gravedad de los delitos atribuidos y por las penas que podrían derivarse de un eventual juicio. En su informe recuerda que las medidas cautelares personales pretenden asegurar la presencia de las acusadas ante el tribunal del jurado y que no basta con la vigilancia ordinaria que acompaña a la esposa del presidente del Gobierno.
El juez introduce además un precedente internacional para reforzar su posición. Sin citar su nombre, alude al exprimer ministro italiano Bettino Craxi, huido a Túnez en los años noventa tras verse envuelto en procedimientos por corrupción. «No sería la primera ocasión en la que un presidente del Gobierno de un Estado Miembro de la Unión Europea, de un país mediterráneo (Italia), se fuga ante un procedimiento de una trama de corrupción a un país del continente africano (Túnez), quien sin duda dispondría de toda la escolta oportuna», afirma.
El magistrado cierra su informe defendiendo que la medida cautelar «no deviene ilógica, irracional, arbitraria o desproporcionada» y que responde a los criterios de idoneidad, proporcionalidad y necesidad. Begoña Gómez está enviada a juicio oral por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación en la causa sobre la cátedra de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense, el software Transforma TSC, su sociedad privada y las gestiones realizadas desde Moncloa por Cristina Álvarez.
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