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Peinado requiere a Begoña Gómez para que "acredite" que viajó a Gran Bretaña solo para asistir a la graduación de su hija

Peinado requiere a Begoña Gómez para que "acredite" que viajó a Gran Bretaña solo para asistir a la graduación de su hija
Artículo Completo 584 palabras
El juez exige a la esposa del presidente del Gobierno que pruebe que no ha llevado a cabo "acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar". Más información: El juez que sustituye a Peinado permite a Begoña ir a Londres a la graduación de su hija, pero no a la cumbre de la OTAN

Ilustración del juez Peinado, Begoña Gómez y el magistrado Antonio Viejo. ArteEE

Tribunales Peinado requiere a Begoña Gómez para que "acredite" que viajó a Gran Bretaña solo para asistir a la graduación de su hija

El juez exige a la esposa del presidente del Gobierno que pruebe que no ha llevado a cabo "acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar".

Más información: El juez que sustituye a Peinado permite a Begoña ir a Londres a la graduación de su hija, pero no a la cumbre de la OTAN

Publicada 13 julio 2026 17:58h Actualizada 13 julio 2026 18:24h Las claves

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El juez Juan Carlos Peinado ha exigido a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, que "acredite" qué uso ha hecho del pasaporte que se le devolvió para que pudiera viajar al Reino Unido el pasado jueves para asistir a la graduación universitaria de una de sus hijas.

Peinado no concedió a Begoña Gómez ese permiso. Lo hizo, en su sustitución, el juez Antonio Viejo, que dejó puntualmente sin efecto las medidas cautelares (entrega del pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales) impuestas por Peinado a la esposa de Pedro Sánchez. El instructor se encontraba de vacaciones la pasada semana.

Viejo valoró la naturaleza familiar de ese evento y la circunstancia de que la especial colaboración judicial que España mantiene con Gran Bretaña atenuaba el riesgo de ineficacia de esas medidas.

Nada más regresar al Juzgado, Peinado ha dictado una providencia en la que hace constar que, de acuerdo con la diligencia extendida por el letrado de la Administración de Justicia, "en el pasaporte de la acusada no constaninguna diligencia de salida ni entrada en los días autorizados para el fin para el que, de forma excepcional, se autorizó y dejó transitoriamente sin efecto las medidas cautelares" adoptadas.

Peinado acuerda requerir a Begoña Gómez para que "en el plazo improrrogable de cinco días, acredite que la disponibilidad del pasaporte objeto de retirada y que se le entregó el pasado día 8 de julio de 2026 ha sido hecho uso [sic] del mismo para el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar".

Gómez también deberá acreditar "que no ha sido llevado a cabo acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar previsto en el artículo 468.1 del Código Penal".

Registro telemático

Según fuentes jurídicas, el instructor considera que los sellos de entrada y salida en el pasaporte demostrarían que, en efecto, Gómez ha estado en Gran Bretaña para la actividad para la que solicitó autorización. Pero el pasaporte no los tiene.

Fuentes de la defensa han explicado que el pasaporte no tiene esos sellos porque el registro de entrada y salida aeroportuario es electrónico. El documento se coloca en los dispositivos de control y se escanea automáticamente, sin que se imprima en él ninguna estampilla.

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    Fuente original: Leer en El Español
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