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Puigdemont dice que ahora le juzga "el Bernabéu": confía en el amparo del Constitucional pero teme la reacción del Supremo

Puigdemont dice que ahora le juzga "el Bernabéu": confía en el amparo del Constitucional pero teme la reacción del Supremo
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El TC empezará a examinar en septiembre la no aplicación de la amnistía a la malversación, pero descarta medidas que anticipen el retorno del prófugo El TS, a la espera del Constitucional, no ve por ahora motivos para corregir el criterio de que los responsables del 'procés' tuvieron un beneficio patrimonial Más información: La Justicia europea allana la vuelta de Puigdemont al descartar que la amnistía afecte al interés económico de la UE

El expresidente Carles Puigdemont, en una rueda de prensa tras una reunión extraordinaria de la dirección del partido en Perpiñán (Francia) el 24 de enero. Efe

Tribunales Puigdemont dice que ahora le juzga "el Bernabéu": confía en el amparo del Constitucional pero teme la reacción del Supremo

El TC empezará a examinar en septiembre la no aplicación de la amnistía a la malversación, pero descarta medidas que anticipen el retorno del prófugo

El TS, a la espera del Constitucional, no ve por ahora motivos para corregir el criterio de que los responsables del 'procés' tuvieron un beneficio patrimonial

Más información: La Justicia europea allana la vuelta de Puigdemont al descartar que la amnistía afecte al interés económico de la UE

Publicada 17 julio 2026 02:44h Las claves

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Las sentencias en las que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado la ley de amnistía representan un punto de inflexión para su aplicación: ha quedado despejada la incógnita de su compatibilidad con el Derecho de la UE, al menos en los aspectos planteados por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.

Pero de ahí a que los efectos de los fallos del TJUE vayan a tener una incidencia directa e inmediata en favor de los líderes del proceso independentista catalán en el ámbito penal hay un trecho que pasa por dos siglas: el TC y el TS.

Carles Puigdemont, el expresidente catalán prófugo de la justicia, publicó ayer un tuit en el que celebraba su "victoria rotunda". Recordaba que Junts "exigió" la ley de amnistía para la investidura de Pedro Sánchez y que éste "no la quería… hasta que necesitó los votos de Junts per Catalunya".

El TJUE ha obviado la realidad descrita por los propios beneficiados por la amnistía. Una realidad que llevó a la Comisión Europea a sostener que la ley de amnistía "no responde a un objetivo de interés general reconocido por la Unión", sino que su motivo auténtico fue que era "parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno".

El Tribunal que preside el belga Koen Lenaerts -que quiso realizar personalmente la lectura pública de los fallos- ha asumido el relato gubernamental de que la amnistía fue "aprobada para reducir tensiones institucionales y políticas" y "facilitar un escenario de reconciliación".

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Puigdemont se mostró en su tuit consciente de que los fallos de la Corte de Luxemburgo no tendrán un efecto inmediato en su situación de huido. "El camino para acabar con la represión no ha terminado", escribió.

Y "el partido ya no se jugará en Europa sino en el Bernabéu, con los árbitros y el público decantados hacia un lado".

El presidente de Junts, como tampoco el presidente de ERC, Oriol Junqueras, que sigue cumpliendo su pena de inhabilitación por malversar fondos públicos, no podrá eludir a esos "árbitros", le gusten o no.

Entre otros motivos porque lo subrayó ayer el TJUE: "la Ley de Amnistía no supone la inaplicabilidad de las disposiciones del Código Penal o la extinción 'ex lege' [por la ley] de la responsabilidad penal, sino un impedimento para el enjuiciamiento que debe ser constatado por los órganos judicialesen cualquier fase del proceso penal".

"Corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales competentes interpretar y aplicar las disposiciones que regulan el ámbito de aplicación de la Ley de Amnistía así como las exclusiones de dicho ámbito de aplicación", deja claro el TJUE.

En la Sala Penal del Tribunal Supremo no se ve por el momento ningún motivo para tener que corregir su interpretación de que la propia ley de amnistía impide su aplicación a la concreta malversación cometida por los líderes del 'procés' y por la que Puigdemont está procesado.

Tal como quedó finalmente redactada, la ley de amnistía excluye de su ámbito de aplicación las malversaciones en las que se haya tenido la intención de obtener ese beneficio personal de carácter patrimonial.

Para el Tribunal Supremo, se obtiene ese beneficio personal no solo cuando se mete la mano en la caja común para llevarse el dinero al bolsillo -lo que no sucede en el 'procés'- sino también cuando se utiliza la caja común para pagar indebidamente gastos ilegales sin poner un euro de su bolsillo, es decir, sin sufrir disminución del patrimonio personal.

La sentencia del TJUE no aborda la aplicación de la amnistía al delito de malversación: el Tribunal europeo no fue preguntado por ello.

Sí descarta que la amnistía afecte a los intereses económicos de la UE, cuestión en la que entra porque fue un aspecto por el que preguntó el Tribunal de Cuentas, que ahora tendrá que eximir de responsabilidad contable a los dirigentes y cargos públicos implicados en la financiación del 'procés'.

Nadie, por tanto, reintegrará al erario público catalán los 3,4 millones de euros que, según el fiscal, se destinaron ilegalmente al referéndum del 1-O y a la promoción de la independencia de Cataluña en el extranjero. Sociedad Civil Catalana eleva el desfalco a 5,3 millones de euros.

El fallo del TJUE hace decaer, por tanto, uno de los argumentos del instructor del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, para no amnistiar la malversación. Pero el razonamiento nuclear -la exclusión que establece la propia ley de amnistía cuando ha habido un beneficio patrimonial personal- sigue incólume.

En este escenario, no es previsible que, a la vista de los solos fallos del TJUE, la Sala Penal dé por extinguida la inhabilitación de Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva, los cuatro dirigentes del 'procés' condenados en 2019 por malversación y a los que se indultó la pena de prisión, pero no la que les impide acceder a cargos públicos.

Tampoco es esperable que se deje sin efecto la Orden Europea de Detención (OED) que mantiene a Puigdemont y a Antoni Comín en Bélgica.

El Tribunal Supremo está a la espera de lo que decida el Tribunal Constitucional en cuanto a los recursos de amparo interpuestos por los condenados y los prófugos.

La primera de las demandas, que será la de Turull, empezará a ser examinada en septiembre, aseguran fuentes del TC. Los magistrados del Constitucional trabajan con borradores de sentencias y las de estos recursos no están aún elaboradas.

Las mismas fuentes descartan la viabilidad de una eventual petición para que se suspenda cautelarmente la OED, lo que permitiría el regreso inmediato de Puigdemont. Esa solicitud ya fue rechazada por el Tribunal Constitucional el pasado enero "y así se va a mantener", indicaron.

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