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Reducen la condena a una mujer que introdujo droga en la cárcel de Alhaurín en un vis a vis con su pareja

Reducen la condena a una mujer que introdujo droga en la cárcel de Alhaurín en un vis a vis con su pareja
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La acusada acudió al centro penitenciario para tener un encuentro con un interno que en aquel momento era su pareja y del que actualmente está divorciada

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Imagen de archivo de la cárcel de Alhaurín de la Torre. Reducen la condena a una mujer que introdujo droga en la cárcel de Alhaurín en un vis a vis con su pareja

La acusada acudió al centro penitenciario para tener un encuentro con un interno que en aquel momento era su pareja y del que actualmente está divorciada

EP

Martes, 31 de marzo 2026, 16:37

... de Alhaurín de la Torre aprovechando un vis a vis con el que entonces era su pareja, que estaba preso. Inicialmente, se la condenó a dos años y ahora se ha disminuido a un año y tres meses de cárcel.

Según la resolución, aprovechando el encuentro, con intención de hacerlo llegar a terceros la mujer introdujo en la prisión 90 gramos de resina hachís y 0,26 gramos de cocaína. Sin embargo, los funcionarios de la prisión localizaron las sustancias tras el cacheo y exploración radiológica al interno.

Esta mujer ya había sido condenada previamente, en concreto en febrero de 2006, por un tribunal de Francia por un delito relacionado con el tráfico de drogas y se le impuso en aquel caso la pena de prisión de un año y seis meses, así como la prohibición de acceder al territorio nacional francés por un periodo de diez años.

Por los hechos ocurridos en España, se la condenó a dos años de cárcel por un delito de tráfico de drogas, con las circunstancias agravante de reincidencia y atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Contra esta sentencia, la defensa de la acusada presentó un recurso de apelación que ahora ha sido estimado parcialmente.

Ahora, el TSJA acepta todos los hechos probados por la Sala de Málaga, aunque estima parcialmente el recurso, en el sentido de suprimir la apreciación del subtipo agravado, y modifica la pena, que rebaja a un año, tres meses y 15 días de prisión; manteniendo las circunstancias agravante y atenuante y el resto de pronunciamientos.

El alto Tribunal andaluz señala que la droga fue descubierta «tras la aplicación de los protocolos de seguridad después de tener lugar la comunicación vis a vis y no traspasa al interior del centro penitenciario», con lo que resulta «imposible» la circulación efectiva de la sustancia en el interior.

De esta forma, precisa que no se ha generado un peligro real y concreto de difusión de la sustancia estupefaciente, con lo que considera que «está mal aplicado el subtipo agravado» y que debe estimarse el recurso en este punto, por lo que se revoca la sentencia y se rebaja la pena.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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