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Reuters. Archivo Sigue las instrucciones de un repartidor para pagar un paquete que llegó a su empresa y la justicia la obliga a devolver 3.800 eurosLa empleada realizó cuatro ingresos en el cajero que le indicó el supuesto empleado de la empresa de paquetería
Málaga
Domingo, 8 de marzo 2026, 00:32
... euros que tomó de la caja registradora y que transfirió a varias cuentas siguiendo las instrucciones de un supuesto repartidor. Según la empresa, la empleada hizo caso omiso a la advertencia que se dio a toda la plantilla sobre la proliferación de llamadas fraudulentas y tampoco siguió las instrucciones sobre cómo actuar en estos casos.Las normas de la empresa respecto al modo de actuar en el caso de un presunto fraude era no atender ninguna orden de ingreso, no proceder al cierre del local, no dar ningún dato de nombres ni teléfonos y comprobar el origen de la llamada tras colgar avisando a la encargada. Además, los trabajadores con una antigüedad en la empresa inferior a los seis meses no tiene autorización para disponer del dinero de la recaudación ni para realizar ingresos de la misma en el banco.
Sin embargo, la mujer decidió salir a la calle, donde no la esperaba ningún taxi. Según el relato de los hechos, pidió ayuda a una persona que pasaba por allí para pedir un taxi, mientras que el supuesto repartidor le iba dando indicaciones para llegar al cajero en el que tenía que realizar los ingresos, concretamente cuatro por importe de 950 euros cada uno. Por ellos, recibió cuatro códigos QR justificativos de los ingresos bancarios (convertidos en bitcoins).
Horas después, fue la encargada del salón recreativo la que compareció ante la Policía Nacional manifestando sus sospechas ante el comportamiento de la trabajadora que, según aseguró, le dio explicaciones contradictorias sobre lo sucedido y advirtiendo a los agentes de que la cuenta destino de los ingresos bancarios estaba ubicada en Colombia, país natal de la empleada.
La empresa decidió extinguir la relación laboral con la trabajadora «por no superación del periodo de prueba» y le reclamó el reintegro de los 3.800 euros que había sacado de la caja.
El Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza estimó la demanda de la empresa y condenó a la mujer al reembolso del dinero. Ante esta sentencia, la demandada interpuso un recurso de suplicación. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón lo desestimó por varias razones, entre ellas, porque en el recurso de suplicación, la demandante se limitó a pedir la revisión de algunos de los hechos probados de la sentencia «sin proponer redacción alternativa a los mismos» y porque no aportó una prueba documental con «concluyente poder de convicción» o un «decisivo valor probatorio» que pusiera de manifiesto un error en la apreciación del juzgador de lo social.
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