- ERIC GALIÁN @EricGalian Barcelona
La empresa de placas solares se abre a negociar individualmente con sus acreedores después de que la Audiencia de Barcelona aprecie "defectos formales" al conformar las clases de acreedores.
SolarProfit lo tiene cada vez más difícil para remontar. La compañía dedicada a la instalación de placas fotovoltaicas bajó ayer un 9,72% en el BME Growth, el mercado alternativo para pymes en el que cotiza, después de que la Audiencia Provincial de Barcelona haya revocado íntegramente el auto de homologación judicial de su plan de reestructuración, presentado el 28 de octubre de 2024.
La empresa ha cerrado el 20 de enero a 0,26 euros por acción y una capitalización de 5,1 millones de euros. En los últimos 12 meses, ha perdido más de un 70% de su valor desde los 0,75 euros que se pagaban por sus acciones hace un año. No obstante, en lo que va de 2026, sus títulos se han recuperado tímidamente y suben un 15,2%. La energética comenzó a cotizar en diciembre de 2021 a 10,2 euros, por lo que en este período se ha dejado casi el 100% de su valor coincidiendo con la crisis de las renovables.
La Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado la impugnación que realizaron la mayoría de entidades financieras acreedoras en diciembre de 2024, poco después de la presentación del plan. Según fuentes del departamento de resolución de disputas e insolvencias de KPMG Abogados, que ha asesorado a CaixaBank, el plan de reestructuración fue aprobado gracias al voto favorable de una clase de acreedores que representaba solo al 0,021% del pasivo afectado, que supera los 200 millones de euros. Entre las medidas previstas se incluía una quita del 96% sobre los créditos ordinarios.
La Ley Concursal de 2022 permite la aprobación de planes no consensuales mediante una cláusula de arrastre que obliga a los acreedores que han votado en contra a evitar la liquidación, como era el caso de SolarProfit. Para ello son de vital importancia las clases in the money, que aunque sean una minoría del pasivo pueden obligar al resto de acreedores a adherirse al plan de reestructuración.
Precisamente, el tribunal de SolarProfit ha revocado el auto de homologación aprobado en su día por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, en una decisión no recurrible, al "apreciar defectos formales en la conformación de las clases de acreedores, sin entrar a valorar otros aspectos de carácter económico o financiero", según explica SolarProfit.
Por su parte, KPMG Abogados alega que "la clase que aprobó el plan fue creada de manera instrumental, con el único objetivo de contar con una clase in the money que votase a favor del plan".
SolarProfit ha confirmado que, tras este varapalo, abrirá negociaciones con sus acreedores para buscar una solución consensuada.
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