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Torremolinos aprueba por unanimidad la polémica ordenanza de la ropa tendida: así queda el texto

Torremolinos aprueba por unanimidad la polémica ordenanza de la ropa tendida: así queda el texto
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El texto final incorpora las alegaciones de IU que se opuso a la primera versión por considerar que limitaba la posibilidad de airear la colada a en todo tipo de viviendas
Torremolinos aprueba por unanimidad la polémica ordenanza de la ropa tendida: así queda el texto

El texto final incorpora las alegaciones de IU que se opuso a la primera versión por considerar que limitaba la posibilidad de airear la colada a en todo tipo de viviendas

Regala esta noticia Añádenos en Google Votación de la Corporación Municipal de Torremolinos. (SUR)

José Rodríguez Cámara

Torremolinos

24/09/2026 a las 18:37h.

El pleno de Torremolinos aprobó de forma inicial, en el pleno de febrero, una ordenanza municipal destinada a lograr que la estética urbana «sea coherente ... y ordenada, reducir la contaminación visual y favorecer la integración de los comercios de manera armónica».

El primer texto de la norma tornó polémico rápidamente. ¿El motivo? Las disposiciones recogidas sobre los lugares en los que se puede tender la ropa. Tanto se crisparon los ánimos que la alcaldesa, Margarita del Cid, tuvo que denunciar ser víctima de graves insultos. «Nada justifica estos comportamientos y que haya partidos que difundan bulos, los alienta», aseguró Del Cid.

IU-Podemos fue muy beligerante con la cuestión, tanto en el plano político como en el administrativo, con la presentación de alegaciones. El único edil de esta fuerza, David Tejeiro, a pesar de las aclaraciones al respecto del Gobierno local, que aseguraban que no era así, defendió que la norma, tal cual estaba planteada en el borrador, prohibía «taxativamente colgar la ropa en las terrazas». Se refería, en concreto, a los puntos 10, 11.f y 13.6, que, denunciaban, no distinguían entre las condiciones del inmueble.

Acuerdo

Finalmente, la ordenanza, ha sido aprobada por unanimidad, es decir, con el voto a favor del PP, el PSOE, Vox e IU-Podemos. Tras la fase de exposición pública, como ha informado el equipo de Gobierno, se han tenido en cuenta las aportaciones realizadas por parte de la ciudadanía y de IU-Podemos.

La concejala de Regeneración Urbana, Marina Vázquez, ha explicado que la redacción original sobre los lugares en los que se puede airear la colada se ha «clarificado» para que no haya lugar a dudas. Así ha quedado negro sobre blanco que la limitación de tender ropa a la vista se aplicará únicamente cuando el edificio o vivienda dispongan de una alternativa razonable: patios interiores, lavaderos ventilados, cubiertas habilitadas o terrazas y balcones en los que puedan utilizarse tendederos situados por debajo de la línea de la barandilla. «Cuando esas alternativas no existan, se permitirá el tendido de ropa en la fachada», ha puntualizado la concejala.

«Hace siete meses querían ustedes prohibir que se tendiese ropa en las fachadas, a todo el mundo, a casas pequeñas y grandes. Ante tamaño despropósito, IU puso en marcha una campaña informativa y presentamos alegaciones, al igual que vecinos y vecinas», ha dicho Tejeiro durante su intervención, en la que se ha dirigido a la bancada popular así: «Rectificar es de sabios, ahora son ustedes un poco más sabios».

«Nos alegramos de que nuestros vecinas y vecinos puedan tender la ropa al aire libre, como se ha hecho toda la vida. Es lo más barato, lo más ecológico y lo más mediterráneo que existe», ha zanjado.

Toldos, mesas y sillas

En la nueva regulación también se incluyen modificaciones puntuales en los artículos 9 y 13.4, relativos a la publicidad de toldos, mesas y sillas, para evitar duplicidades o contradicciones con la ordenanza municipal número 82, que ya regula específicamente esta materia y establece sus correspondientes condiciones y límites, ha detallado Marina Vázquez, que ha asegurado: «No se trata de imponer una estética por capricho. Se trata de establecer unas reglas comunes para proteger la imagen de Torremolinos, poner en valor nuestra identidad urbana y conseguir que cada intervención contribuya a mejorar el conjunto de la ciudad», ha defendido la concejala sobre el texto que ha salido adelante.

Claves

Entre otras cuestiones, la ordenanza establece que las fachadas deberán presentar proporciones equilibradas y continuidad visual. Queda prohibida la incorporación arbitraria de elementos que rompan la armonía como ampliaciones asimétricas, voladizos desproporcionados o cerramientos de terraza con carpinterías discordantes.

También se busca mantener una composición cromática armónica y coherente y se prohíbe el uso de colores fluorescentes, neón, metálicos o de alta saturación en los edificios.

Los rótulos deberán integrarse, ocupar solo el ancho del hueco del local y situarse en su parte superior y se acabará la publicidad intermitente, rotulación en pantallas led en movimiento o sonidos automáticos.

Los toldos deberán ser retráctiles, de lona opaca mate y preferentemente en tonos lisos o con franjas discretas.

Las instalaciones auxiliares como aires acondicionados, antenas, paneles, cajas, cableado o canalones, deberán quedar ocultas, empotradas o integradas cromáticamente en la fachada. Los compresores de aire acondicionado se ubicarán en patios interiores o cubiertas, siempre que sea posible. Si deben colocarse en la fachada, se dispondrán en lugares discretos y con rejilla decorativa o celosía. Además, se pondrá fin a la acumulación de objetos visibles como electrodomésticos, mobiliario o enseres en balcones o terrazas que den a la vía pública y generen un impacto visual negativo.

Zonas de Especial Interés Turístico

Se crea el concepto de Zonas de Especial Interés Turístico-Histórico en el centro histórico, La Carihuela, La Nogalera, El Bajondillo y La Carihuela, considerados ámbitos urbanos del municipio que, por su valor, requieren un tratamiento estético más estricto y homogéneo.

Ello implica que contarán con algunas exigencias adicionales, como que solo se permitirán determinados colores, tanto para fachadas como para toldos, dentro de una gama establecida por el Ayuntamiento para mantener la homogeneidad estética del entorno.

No retroactividad

La ordenanza recoge expresamente el principio de no retroactividad forzosa, es decir, que la existencia de elementos no conformes no implicará automáticamente su ilegalidad ni exigirá su retirada inmediata, siempre que dichos elementos hayan sido instalados legalmente conforme a la normativa vigente en el momento de su ejecución.

Sí se solicitará la adaptación de los criterios a esta ordenanza cuando se pida una licencia de obras o declaración responsable para trabajos que afecten al exterior del inmueble, cuando se presente una orden de ejecución para reparación, sustitución o modificación de los elementos visibles desde el espacio público o por un cambio de uso del local o inmueble, un cambio de titularidad o su incorporación a actividades comerciales.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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