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Un vehículo de Vigilancia Aduanera en el registro judicial a la empresa Sidenor en Basauri. EP Un directivo de Sidenor conocía que el acero vendido a Israel era para fabricar «obuses»La Policía halló en el registro del despacho del jefe comercial, íñigo Molero, un documento de marzo de 2025 que detalla las ventas para «armamento» al conglomerado IMI y el destino final de la pieza
Miércoles, 25 de febrero 2026, 08:01 | Actualizado 08:52h.
registro de Sidenor, que tuvo lugar el pasado ... 10 de febrero en la sede de la siderúrgica en Basauri, que puede marcar el paso de la investigación que lidera un juzgado de la Audiencia Nacional por delitos de contrabando y complicidad con el genocidio y/o lesa humanidad. Según consta en el informe preliminar del allanamiento remitido al juez Francisco de Jorge, al que ha tenido acceso este periódico, el actual director comercial de la multinacional, Íñigo Molero, habría conocido de primera mano que el destino del acero vendido al conglomerado israelí IMI Systems en plena ofensiva en Gaza era para fabricar «obuses» para uso militar.Este documento contiene una cadena de comunicaciones de tres empleados de Molero -la más reciente fechada el 5 de marzo de 2025- que hace referencia al registro de exportaciones de Sidenor destinadas al sector armamentístico durante el año 2024. En el listado aparecen además otros nueve países y más de veinte empresas del ámbito militar. En uno de estos correos se dice lo siguiente: «Hola Iván (nombre de uno de los tres empleados). Te paso lo que tenemos identificado para el cierre de 2024 en relación al sector de Defensa», adjuntándose inmediatamente después la citada tabla con los clientes y el destino final del acero. Además de la fabricación de obuses para Israel y otros países, destacan cuerpo de munición, cañones, tornillos o cadenas de tracción.
Según el atestado policial, en la información anterior a este cruce de correos, mantenido entre los referidos tres interlocutores, se solicitan los pormenores de estos detalles por exigencia de la entidad bancaria que tramitará los pagos comerciales en virtud de la normativa de prevención del blanqueo de capitales. Este banco reclama lo que se conoce como FIOC (Fichero de Información Obligatoria del Cliente), que podría ser efectivamente la tabla hallada en el despacho de Molero.
Comparecencias
Además del director comercial de Sidenor, el juez De Jorge dirige las actuaciones contra el presidente José Antonio Jainaga y Marco Pineda, director de desarrollo corporativo. La compañía como persona jurídica de momento no está investigada. La semana pasada los abogados de la defensa recurrieron ante la Sala de lo Penal (instancia superior del juzgado) precisamente el registro del pasado 10 de febrero por vulnerar derechos fundamentales de los investigados y no contar con el aval de la Fiscalía, que calificó el allanamiento de «desproporcionado».
Según los querellantes de esta causa, la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, «de confirmarse que dichas exportaciones se realizaron sin autorización administrativa previa ni comunicación a la Junta Interdepartamental Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y de Doble Uso (JIMDDU), los hechos serían calificables como delito de contrabando».
El 'caso Sidenor' es uno de los primeros en España que vincula exportaciones industriales con delitos contra la comunidad internacional, abriendo la puerta a la responsabilidad penal de la empresa por el suministro de materiales utilizados para la fabricación de armamento, en pleno genocidio del pueblo palestino.
No obstante, los denunciantes se quejan de que la Fiscalía está obstaculizando el normal desarrollo de la causa. La Comunitat Palestina de Catalunya, personada en representación de la campaña «Fin al Comercio de Armas con Israel, denuncia que la fiscal Manuela Fernández «está bloqueando, de manera arbitraria y obstinada, cualquier intento de esclarecimiento de los hechos y a la práctica de diligencias clave». Enumera no solo su posición sobre el registro judicial, sino que se niega a que comparezca en el procedimiento en condición de víctima una persona palestina que se vio obligada a abandonar la Franja de Gaza con su familia y que actualmente se encuentra en situación de demandante de asilo.
Y es que los delitos de genocidio y de lesa humanidad, en el derecho penal del Estado español, requieren para su prosecución que se interponga querella por parte de alguna víctima o del Ministerio Fiscal. El próximo 2 de marzo está previsto que declare como afectada del genocidio una persona palestina que actualmente reside en España y que ha manifestado su voluntad de comparecer como querellante particular en la causa. Si el juez De Jorge reconoce su condición de víctima, la Audiencia Nacional tendría plenas competencias para juzgar por complicidad con un delito de genocidio a Sidenor y sus altos cargos.
4.500 toneladas de acero
Además, una de las peticiones de los denunciantes es que la Fiscalía del Tribunal Supremo en Materia de Derechos Humanos y Memoria Democrática asuma los procesos en los que se investiguen hechos calificados como delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y/o genocidio contra el pueblo palestino.
Hasta ahora, la Fiscalía de la Audiencia Nacional esta era partidaria de limitar la investigación a la delegación de Sidenor en Londres, donde habría tenido lugar la venta del acero no aleado al consorcio militar israelí IMI: se entregaron 42 partidas entre enero de 2023 y junio de 2025, unas 4.500 toneladas valoradas en 5,8 millones de euros. Precisamente, la querella asegura que el último envío realizado desde Barcelona tuvo lugar el 10 de junio de 2025, cuando Sidenor, a través del carguero MV Vela, entregó 393 toneladas de acero a su comprador a través del puerto de Haifa (Israel).
La discusión jurídica se centra en la interpretación de la normativa. En concreto, en si el acero vendido figuraba en las limitaciones de control especial de la regulación española y comunitaria que supervisa la venta de este material al extranjero. Según indicó la compañía en un comunicado, «ninguno de los aceros vendidos por Sidenor a Israel corresponden a la descripción detallada», ni en el Real Decreto español que regula el comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, ni en el reglamento europeo por el que se establece un régimen de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso. Además, minimizaron que los envíos denunciados representaron «menos del 0,2% de las ventas totales anuales de la empresa».
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