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Un padre con una hija dependiente en Alicante evita una deuda de 137.000 euros tras un error en el IRPF

Un padre con una hija dependiente en Alicante evita una deuda de 137.000 euros tras un error en el IRPF
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La familia acumuló créditos para afrontar los cuidados permanentes de la joven y terminó atrapada en un endeudamiento insostenible

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El juzgado aplica la Ley de la Segunda Oportunidad y exonera al padre. EFE Un padre con una hija dependiente en Alicante evita una deuda de 137.000 euros tras un error en el IRPF

La familia acumuló créditos para afrontar los cuidados permanentes de la joven y terminó atrapada en un endeudamiento insostenible

Alejandro Hernández

Alicante

Lunes, 2 de marzo 2026, 10:56

de Alicante con una hija dependiente arranca con un error en las deducciones del IRPF y una demanda por presunta ... negligencia médica que terminó en condena en costas. Lo que debía ser una reclamación para aliviar la carga económica derivada del cuidado de la hija acabó disparando la deuda hasta los 137.870 euros.

Según cuenta Todo Alicante, el origen de la insolvencia se remonta al nacimiento de su hija, que nació con malformaciones congénitas severas, requiriendo cuidados permanentes y especializados. Desde 2007, el hombre organizó su vida laboral para poder atender sus necesidades, lo que redujo significativamente su capacidad para generar ingresos estables.

Ante la falta de recursos, se vio obligado a recurrir a créditos al consumo y préstamos personales tanto para afrontar los gastos ordinarios como los extraordinarios derivados de dicha situación. «Estábamos en una situación complicada. Además, vivíamos en una casa y por el bien de la niña decidimos comprar un piso que se adaptara a sus necesidades, pero la crisis inmobiliaria también nos afectó de lleno», recuerda.

En este sentido, la abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, explica que «su situación es el ejemplo claro de cómo los gastos derivados del cuidado de una persona totalmente dependiente pueden llevar a una familia a un endeudamiento insostenible. Cuando un menor requiere atención permanente, especializada y costosa, toda la estructura económica y laboral del hogar se ve afectada».

La letrada añade que, «ante gastos excepcionales, muchas familias recurren a préstamos para afrontarlos. Pero lo que empieza siendo una solución temporal puede convertirse, sin apoyo externo, en un bucle de deudas que acaba generando una situación límite».

A esta realidad se sumó un procedimiento judicial contra la ginecóloga por presunta negligencia médica durante el embarazo, aconsejados por su abogado.

La familia confiaba en que una indemnización les permitiría afrontar las deudas acumuladas y cubrir los costosos tratamientos de su hija. «Tuvimos que hacer numerosos informes médicos que tenían un coste elevado, además de tener visitas a médicos especialistas», señala el exonerado.

Condena en costas

Sin embargo, la sentencia fue desfavorable y los padres fueron condenados al pago de las costas procesales, que superaban los 98.000 euros, cantidad que con recargos e intereses se aproximó a los 150.000 euros.

A ello, se añadieron otras deudas de consumo y una deuda tributaria pendiente, elevando mucho más el pasivo total, frente a la inexistencia de patrimonio con el que responder.

La situación empeoró aún más cuando se produjo el embargo de su nómina, además del acoso telefónico al que le sometieron las empresas de recobro de deudas y entidades bancarias. «Había un gran sufrimiento por todas partes», expresa.

Error en la aplicación del IPRF

La deuda con la AEAT derivó de un error en la aplicación de las deducciones de la declaración de IRPF, ya que se le aplicó el 100% de las deducciones por tener una hija totalmente dependiente, cuando sólo le correspondía el 50%.

Marta Bergadà destaca que «el error en la aplicación de las deducciones del IRPF y el resultado desfavorable del procedimiento judicial agravaron una realidad económica ya de por sí extremadamente frágil. Ninguna familia está preparada para asumir cargas de este calibre».

Fue en el año 2023 cuando leyó por primera vez una noticia de un caso de éxito relacionado con la Ley de la Segunda Oportunidad. «Me puse en contacto con Bergadà Abogados, pero por desconocimiento y la situación en la que me encontraba decidí no iniciar el procedimiento en ese momento. Me parecía demasiado idílico para ser verdad y no me fiaba», admite.

Lejos de mejorar, su situación continuó deteriorándose. En julio de 2025 volvió a contactar con la boutique legal en busca de una salida. «En la página web leí que tras un análisis exhaustivo, si era viable se garantizaba el éxito en el perdón de las deudas y que si no lo conseguían devolvían íntegramente los honorarios. Eso me dio confianza y concerté una primera reunión».

La letrada explica que «con la documentación vimos que era un deudor de buena fe, por lo que se inició el correspondiente procedimiento».

La luz al final del túnel

La buena noticia se produjo recientemente, cuando el titular del Juzgado Mercantil número 1 de Alicante perdonaba al cliente de Bergadà Abogados una deuda de 137.870,65 euros.

«Pensaba que todo iría más lento. Además, no tuve que preocuparme de casi nada, ya que Marta Bergadà y su equipo se encargaron de prácticamente de todo. Cuando me llamaron de Bergadà Abogados para comunicarme la exoneración no me lo creía. Sentí una gran alegría y al colgar me puse a llorar por toda la tensión que había vivido durante años», argumenta el hombre.

Además, añade que «en ese momento te das cuenta de que puedes volver a empezar y tienes unas perspectivas de futuro diferente. Esto ha supuesto una liberación».

Ley de la Segunda Oportunidad

Por su parte, la abogada concluye diciendo que «esta resolución demuestra el valor social de la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta normativa existe precisamente para proteger a personas de buena fe que, por circunstancias que escapan completamente a su control, se ven atrapadas en un endeudamiento imposible de revertir por sí mismas».

Por ello, argumenta que «esta decisión judicial no sólo representa un alivio total para nuestro cliente, sino que envía un mensaje claro: Cuando la deuda es consecuencia de situaciones vitales objetivamente extremas, como el cuidado de una persona totalmente dependiente, la ley ofrece un mecanismo real para empezar de nuevo. Y eso es esencial para que muchas familias puedan recuperar su estabilidad y su futuro».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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