La justicia ratifica el despido después de que la afectada no pudiera demostrar su coartada
Regala esta noticia Añádenos en Google Una persona sostiene varios rollos de papel higiénico. (Unsplash)Mario Lahoz
Valencia
26/08/2026 a las 10:29h.El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya dictamina la procedencia del despido de una gobernanta de hotel que cogió seis rollos de papel de la ... empresa y se marchó con ellos por la puerta trasera.
Disconforme con el despido, la afectada optó por la vía judicial y, en un principio, el Juzgado de lo Social nº1 de Mataró estimó parcialmente su demanda. Este declaró el despido improcedente y condenó a la empresa a readmitirla o abonarle una indemnización de 60.318,50 euros.
La sala decretó que lo ocurrido no era lo suficientemente grave como para aplicar el despido, teniendo en cuenta el escaso valor económico del papel higiénico y que estuvo justificado por la emergencia canina. Sin embargo, la propia empresa decidió recurrir y consiguió que el TSJ de Catalunya estimara su demanda.
El tribunal señaló que el certificado del veterinario tenía una fecha posterior al delito, y las cámaras de videovigilancia no respaldaron su relato. Además, validó el documento firmado por la empleada en el que reconocía expresamente el hurto, descartando que hubiera existido algún vicio en su consentimiento.
Por otro lado, el TSJ explicó que la gravedad de este tipo de conductas no depende del perjuicio causado o del coste de lo sustraído, sino de la quiebra irreparable de la confianza y la buena fe contractual.
De esta forma, el TSJ de Catalunya declaró el despido procedente, que al ser por motivos disciplinarios no genera el derecho a cobrar una indemnización pese a las tres décadas de antigüedad de la gobernanta.
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