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Antonio Morales, Adelaida de la Calle y José Gutiérrez Valenzuela, promotores de la iniciativa. Salvador Salas Una plataforma ciudadana de Málaga demanda que se reconozca la cultura como derecho fundamentalPide sumarlo al artículo dedicado a la educación en la Constitución y más presupuesto para garantizar el acceso de la ciudadanía a todas las expresiones artísticas
Sábado, 11 de abril 2026, 00:20
... jefe de la Audiencia Provincial, además de presidente del Ateneo y de Cruz Roja, y que ahora preside esa organización que persigue que se reconozca la cultura como un derecho fundamental ligado al derecho a la educación. También participan de esa plataforma y de esa reivindicación Adelaida de la Calle, catedrática de biología y rectora de la Universidad de Málaga entre diciembre de 2003 y junio de 2015, además de consejera de Educación de la Junta entre 2015 y 2017; así como el ex comisario de policía José Gutiérrez Valenzuela.Manifiesto
El manifiesto que la Plataforma ha elaborado para reclamar que la cultura sea reconocida como un derecho fundamental en España esgrime razones culturales y sociales basadas en la relevancia del país en este ámbito, como el hecho de que el español sea el segundo idioma más hablado del mundo, lo que lo convierte también en el segundo que más se emplea en redes sociales, en el más estudiado en los Estados Unidos y en el que recientemente ha incorporado el sistema educativo chino como segunda opción en competencia con el inglés, el ruso y el japonés.
El documento además enarbola la riqueza cultural de España, que cuenta con 49 bienes materiales declarados por la Unesco como patrimonio de la humanidad, lo que lo convierte en el segundo país de Europa y el tercero del mundo en este tipo de distinciones.
A ello suman argumentos económicos, ya que según datos recabados por la Plataforma Cívica Mediterránea, la industria cultural de la Unión Europea aporta el 4,4% al PIB agregado de los países miembros, ya que factura más de 550.000 millones de euros al año y genera más de 9 millones de puestos de trabajo.
La organización, que remarca que la reivindicación de la cultura como derecho fundamental nace en Málaga, agrega que esta ciudad y esta provincia «tienen una proyección cultural muy importante», gracias al cine y que «hay artistas por todas partes», asegura.
«En la actualidad la Constitución regula la cultura como principio rector de la política social y económica, al establecer que los poderes públicos 'promoverán el acceso a la cultura'. Pero los principios rectores no son normas que confieran inmediatamente derechos»
Y, por último, enarbolan razones jurídicas. En la actualidad, explican, la Constitución regula la cultura como principio rector de la política social y económica, al establecer que los poderes públicos «promoverán y tutelarán el acceso a la cultura a la que todos tienen derecho». Pero aclaran: «Los principios rectores no son normas que confieran inmediatamente derechos, y sólo podrán ser alegados ante los Tribunales de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los regulen y los desarrollen». Esta consideración de la cultura en la normativa española, señalan, «no es ni suficiente ni satisfactoria».
Adelaida de la Calle comenta que si bien esta inclusión de la cultura en el texto constitucional en su día fue positiva y progresista, se quedó corta, por ejemplo, en comparación con el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que reconoce el derecho de toda persona a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. Y si fue así, señala De la Calle, fue porque España acababa de salir de una dictadura y era difícil construir un consenso alrededor de la cultura.
Más presupuesto a cultura
El reconocimiento de la cultura como derecho fundamental conllevaría que se pudiera reclamar su ejercicio ante los tribunales. Para convertir el acceso a la cultura en un derecho fundamental, probablemente habría de ampliarse el presupuesto de ese ministerio –que, se quejan, a veces existe y otras veces aparece junto con otras materias–, dado que los precios que alcanzan algunas de sus manifestaciones –conciertos, teatro, ópera, ballet...– los hacen difícilmente accesibles para según qué bolsillos: «Para eso pagamos impuestos», contesta Adelaida de la Calle cuando se le plantea que lo público habría de sufragar, subvencionar, entradas de teatro o conciertos.
La Plataforma defiende que ese estímulo económico que implicaría dar cumplimiento al derecho fundamental a la cultura también favorecería a la España vaciada, daría vida a los pueblos. Aunque hay un punto conflictivo: qué cultura se subvenciona y cuál no. El concepto antropológico de cultura considera tal a todas las manifestaciones de cualquier grupo humano. Una posición más política o guiada por la ética y la moral podría considerar que no hay que incentivar determinadas expresiones, como la tauromaquia. Además, si como cultura se entienden sólo las expresiones convencionalmente consideradas más elevadas, ¿se incluiría entre ellas el cómic, por ejemplo? «La cultura se va depurando a sí misma», contestan.
Aunque el reconocimiento de la cultura como derecho fundamental no sólo ampararía a la ciudadanía en su acceso al cine, la literatura, el teatro… también conllevaría una cobertura a los propios artistas, a que se protejan sus intereses morales y materiales que les correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sean autores, al modo que lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Derechos... y derechos cubiertos en la Constitución
Los derechos fundamentales son aquellos inherentes a toda persona. El Estado los reconoce y garantiza con la máxima protección jurídica. En la Constitución se encuentran regulados principalmente en los artículos comprendidos entre el 14 y el 29, además del artículo 30, que es el que regula la objeción de conciencia. Entre esos derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna se encuentran la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, el derecho a la vida, la libertad ideológica y religiosa, el derecho al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen o a circular por todo el territorio nacional. También derechos relacionados con la libertad de expresión y de información, a asociarse y reunirse libremente, a la participación activa y pasiva en la vida política, a sindicarse, a la tutela judicial efectiva, a que no se apliquen las leyes con efecto retroactivo, además del derecho a la educación. Pero el acceso a la cultura no aparece hasta el artículo 44.
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