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Ya es oficial: la DGT confirma cambios importantes para los que tengan un patinete eléctrico

Ya es oficial: la DGT confirma cambios importantes para los que tengan un patinete eléctrico
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En España circulan más de cuatro millones de patinetes abc Ya es oficial: la DGT confirma cambios importantes para los que tengan un patinete eléctrico

Jordi Martínez

Lunes, 2 de febrero 2026, 14:35

... el Registro Nacional de Vehículos antes de poder contratar el seguro obligatorio. Así lo establece el real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros en cumplimiento de la Ley 5/2025, del 24 de julio.

Registro previo y trámite online

Según las estimaciones del Ministerio del Interior, en España circulan más de cuatro millones de patinetes, cuyos propietarios deberán completar este trámite. El procedimiento se realizará principalmente de forma telemática, a través de la sede electrónica de la DGT, y contará con apoyo telefónico a través del número 060 para resolver dudas durante el proceso.

Una vez registrada la información del titular y abonada la tasa correspondiente, Tráfico expedirá un certificado de inscripción digital. Con ese documento, el propietario podrá adquirir una etiqueta identificativa que deberá colocarse en el vehículo.

¿Qué patinetes son aptos?

La normativa distingue entre los patinetes que cuentan con certificado de circulación y los que no lo tienen. Los primeros son los que cumplen los requisitos técnicos del Manual de Características de los VMP, que fija estándares mínimos de seguridad, calidad y durabilidad. Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar este tipo de modelos. Estos patinetes incorporan una placa de marcaje de fábrica única y permanente, cuyos datos deberán facilitarse durante la inscripción.

En el caso de los patinetes que no disponen de certificado de circulación, se establece un régimen transitorio. Estos vehículos podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque también deberán inscribirse en el registro y contar con seguro obligatorio. Para completar el trámite bastará con aportar los datos del titular y documentación básica, como la factura, una ficha técnica o una fotografía del vehículo. La identificación tendrá carácter temporal y dejará de ser válida a partir de esa fecha, momento en el que estos patinetes ya no podrán circular.

¿Dónde deberá colocarse la etiqueta?

Para todos los patinetes, una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa en un manipulador de placas autorizado. Esta deberá colocarse en el portaidentificador del vehículo o, en el caso de los patinetes no certificados, en un lugar visible.

Además de la sede electrónica de la DGT, el proceso de inscripción podrá realizarse a través de otros canales, como agentes de seguros en el momento de contratar la póliza o gestores administrativos. Tráfico trabaja también para que, en los próximos meses, el registro pueda completarse directamente en el establecimiento en el que se adquiera un patinete nuevo.

Cambio de titularidad

Como ocurre con otros vehículos, cualquier cambio de titularidad deberá comunicarse en un plazo de treinta días. Tráfico expedirá entonces un nuevo certificado digital a nombre del nuevo propietario, manteniendo el número identificativo del patinete. La baja definitiva del vehículo deberá tramitarse en un centro autorizado de tratamiento, que comunicará electrónicamente la destrucción al Registro Nacional de Vehículos.

Sanciones de hasta 800 euros

La normativa prevé sanciones para quienes incumplan estas obligaciones. Carecer de seguro puede conllevar multas de entre 202 y 610 euros, mientras que circular sin seguro se castigará con sanciones de entre 250 y 800 euros, en función de las características del vehículo y de si se considera VMP o vehículo a motor por peso y velocidad.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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