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Ya es oficial: las personas trans extranjeras podrán cambiar su nombre y sexo en sus documentos

Ya es oficial: las personas trans extranjeras podrán cambiar su nombre y sexo en sus documentos
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El nuevo protocolo de Interior desarrolla la Ley Trans y permitirá actualizar la documentación expedida en España, incluso cuando el cambio no pueda realizarse en el país de origen
Ya es oficial: las personas trans extranjeras podrán cambiar su nombre y sexo en sus documentos

El nuevo protocolo de Interior desarrolla la Ley Trans y permitirá actualizar la documentación expedida en España, incluso cuando el cambio no pueda realizarse en el país de origen

Añádenos en Google Una manifestación con la activista trans Mar Cambrollé al frente. (Matías Chiofalo/Europa Press)

Víctor Rojas

13/07/2026 Actualizado a las 18:08h.

Las personas trans extranjeras residentes en España podrán solicitar la rectificación de su nombre y sexo en la documentación expedida por la Policía Naciona a partir de este martes, gracias al nuevo protocolo aprobado por el Ministerio del Interior. La resolución, publicada en la Orden General del cuerpo y firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo, supone un avance significativo en el reconocimiento de los derechos de las personas trans migrantes y desarrolla lo previsto en la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

El nuevo procedimiento permitirá modificar los datos identificativos en documentos como la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE), la Cédula de Inscripción de Extranjero Indocumentado, el Título de Viaje de Indocumentado, la documentación de solicitantes de protección internacional o apatridia, así como los certificados de residencia.

Dos vías para acceder al cambio

El protocolo contempla dos situaciones diferentes. La primera afecta a las personas que no pueden modificar legalmente su nombre y sexo en su país de origen. En estos casos, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará un informe al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para acreditar la imposibilidad legal o material de realizar esa rectificación. Si el informe es favorable, se procederá a modificar los datos en el Registro Central de Extranjeros y se expedirá una nueva documentación.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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