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Política

Del 2% en Ciudad Real al 30% en Ourense: el reparto del voto CERA por provincias que la Junta Electoral pide "motivar"

Del 2% en Ciudad Real al 30% en Ourense: el reparto del voto CERA por provincias que la Junta Electoral pide "motivar"
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El órgano reclama que se jutifique "suficientemente" a que provincia se adscriben las personas que obtengan la nacionalidad española en virtud de la denominada 'ley de nietos' Leer

Una de las dudas que han planteado distintos agentes de la sociedad sobre la denominada ley de nietos es el municipio al que quedarán adscritos quienes, residiendo fuera de España, obtengan la nacionalidad española por ser descendientes de españoles exiliados. La Orden que dicta las normas para la actualización del censo electoral establece que el lugar de inscripción de quienes se incorporen a este registro será el de su última residencia -si alguna vez han vivido en España-, o el de "mayor arraigo, propio o de alguno de los ascendientes".

Eso sí, la Orden abre la puerta a que se solicite la inscripción en un municipio distinto al de ex residencia si se aportan una "declaración explicativa" y "documentos" que justifiquen esa demanda. Si no se pide ninguna localidad en concreto, es la Oficina Consular la que lo asigna.

Pero, para el sindicato mayoritario de los funcionarios, CSIF, estas reglas no son suficientemente claras. Y más crítico ha sido Vox: "Con que se dirijan un puñado de miles de votos a aquellas provincias en las que el último diputado baila de un partido a otro, con esto el PSOE puede garantizarse un puñado de escaños", dijo hace unos días su portavoz de Economía, José María Figaredo.

Ayer, la Junta Electoral Central (JEC), en respuesta a escritos presentados por distintas organizaciones políticas y entidades, se pronunció sobre este asunto. Y lo hizo para señalar que "la determinación del municipio de inscripción electoral deberá quedar suficientemente motivada en el expediente cuando no resulte directamente de la última residencia en España". Esto, ahondó, debe darse para que pueda "garantizarse la transparencia, objetividad e igualdad en la formación del censo electoral". Así, la JEC pidió a la Oficina del Censo -dependiente del Instituto Nacional de Estadística- que detalle cómo "puede reforzarse la objetivación y homogeneidad" de los criterios que sigan las oficinas consulares al asignar a las personas nacionalizadas a cada municipio.

A 1 de junio de 2026, el censo electoral de españoles residentes en el extranjero (CERA) era de 2.715.986 personas, cifra que supone el 7,1% del censo total -el otro 92,9% corresponde a españoles residentes en España-. Sin embargo, este porcentaje, que refleja el peso que tienen los españoles residentes en el extranjero respecto al censo total, varía notablemente de una provincia a otra -y, por tanto, de una circunscripción a otra, una vez llegue el momento de votar-.

Por ejemplo, mirando a ambos extremos, mientras que en Ourense el 30,7% de los inscritos en el censo electoral son españoles residentes en el extranjero, en Ciudad Real estos ciudadanos solo suponen el 2% del total, según las cifras que ofrece la Oficina del Censo Electoral. Por detrás de Ourense, las otras tres provincias gallegas son las únicas que también registran un peso de los residentes en el extranjero superior al 15% del censo total -22,4% en Lugo, 16,1% en Pontevedra y 16% en A Coruña-. En el extremo opuesto, en nueve provincias -Albacete, Badajoz, Castellón, Cuenca, Guadalajara, Huelva, Jaén, Sevilla y Toledo-, los residentes en el extranjero son solo menos del 3% del censo.

Estas diferencias entre territorios, en todo caso, no ocasionan duda alguna si están correctamente motivadas -esto es, si los nacionalizados acreditan su adscripción a cada provincia por haber residido allí o por "arraigo" familiar-. Galicia, por ejemplo, es históricamente una región con un alto porcentaje de población residente en el exterior.

De hecho, no es en esta comunidad donde más ha crecido el censo de ciudadanos que viven fuera desde que comenzó a operar la ley de nietos -en virtud de una cláusula de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022-. Madrid, con un 34,5% más de censados residentes en el exterior, se sitúa en la cima de ese ranking. Ahora, la JEC pone el foco en que ese reparto de población quede "suficientemente motivado".

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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