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El decreto de vivienda obliga al propietario a indemnizar al inquilino si no quiere renovar el contrato por causa justificada

El decreto de vivienda obliga al propietario a indemnizar al inquilino si no quiere renovar el contrato por causa justificada
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El BOE publica este martes los dos Reales Decretos negociados tras el desahucio de Maricarmen
El decreto de vivienda obliga al propietario a indemnizar al inquilino si no quiere renovar el contrato por causa justificada

El BOE publica esta semana los dos Reales Decretos negociados tras el desahucio de Maricarmen

Regala esta noticia Añádenos en Google Manifestantes en la Plaza del Sol de Madrid. (EP)

Javier Arias Lomo y Salvador Vallejo

Madrid

30/09/2026 Actualizado a las 08:21h.

El Gobierno ha publicado este miércoles el primero de los ... atajar la

También se limita la adquisición de vivienda por parte de los fondos buitre durante dos años si pagan menos del 70% de su valor de tasación. Una medida que se extiende a la compra de edificios enteros y que solo podrán eludir si se destinan a alquiler social.

Fuentes del Gobierno informan a este medio que el segundo decreto, donde se adoptan medida urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, será publicado mañana en el BOE.

No obstante, la 'Cadena Ser' ha adelantado a primera hora de la jornada su contenido y, entre las principales novedades respecto a lo que ya se conocía, se especifica que, por norma, cuando pasen los 5 años de duración de un contrato de alquiler, ese vínculo se renueva por otros 5 años. Si el propietario no quiere renovarlo tiene que avisar con medio año de antelación a su inquilino e indemnizarlo con el equivalente a 12 meses de alquiler de una vivienda parecida, con la excepción de que el propietario necesite esa vivienda para sí mismo o para alguno de sus familiares.

Pleno extraordinario

Debido a la importancia de estas medidas, el Ejecutivo ha solicitado al Congreso la celebración de un pleno extraordinario este mismo viernes para la convalidación inmediata de ambos decretos. Las propuestas buscan hacer frente a cuestiones como los desahucios de personas vulnerables, la especulación inmobiliaria, el fraude en los contratos de alquiler de temporada y por habitaciones, la proliferación de pisos turísticos, la elevada carga económica que soportan las familias y la escasez de vivienda pública. La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, ha calificado la norma como una respuesta transversal a la crisis habitacional y ha hecho un llamamiento a los grupos parlamentarios para actuar con «altura de miras y generosidad».

Bloque 1: Primer Real Decreto (Protección social, fiscalidad y oferta asequible)

  1. Ampliación de la protección frente a desahucios hasta 2030

Esta medida amplía la vigencia del llamado escudo social hasta el 31 de diciembre de 2030 con el objetivo de evitar el desalojo de personas en situación de vulnerabilidad. Las administraciones tendrán que compensar económicamente al propietario, siempre que sea un particular, por ese freno del desahucio. El Gobierno concibe la vivienda como «un bien con una función social que debe ser resguardado por las administraciones públicas», citando la ministra el desahucio de Maricarmen como un «fracaso colectivo» que se debe evitar en el futuro.

  1. Medidas contra las compras especulativas y los fondos buitre

El decreto se dirige de manera específica contra empresas y fondos que adquieren inmuebles con fines especulativos, los cuales el Ejecutivo considera incompatibles con la función social de la vivienda. Prohíben durante dos años la adquisición de vivienda a estas entidades si pagan menos del 70% de su valor de tasación. Una medida que se extiende a la compra de edificios enteros y que solo podrán eludir si se destinan a alquiler social.

  1. Cambios fiscales para las SOCIMI

La norma modifica el régimen fiscal aplicable a las Sociedad Anónima Cotizada de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) para reorientar su inversión hacia la promoción de vivienda residencial asequible. Con esta modificación, Moncloa busca utilizar la fiscalidad para alterar el destino de la inversión inmobiliaria, asegurando que el capital contribuya a incrementar la oferta de alquiler asequible en lugar de favorecer la especulación.

  1. Control sobre alquileres de temporada y por habitaciones

El plan incorpora de forma explícita los alquileres de temporada y el arrendamiento por habitaciones dentro de su marco normativo para combatir el fraude. Esta decisión busca frenar el desplazamiento de operaciones hacia estas modalidades contractuales con las que se pretendía eludir las protecciones legales aplicables al alquiler residencial ordinario.

  1. Impuesto del 10 % de IVA y clausura de pisos turísticos ilegales

Para frenar la reducción de la oferta de residencia habitual, el decreto introduce un nuevo impuesto mediante un IVA del 10 % para los pisos turísticos. Adicionalmente, la ministra ha reclamado a las comunidades autónomas que hagan uso de sus competencias para proceder a la clausura de los inmuebles que se estén utilizando ilegalmente con fines turísticos.

  1. Bonificaciones fiscales para aliviar el esfuerzo económico de las familias

La iniciativa establece deducciones fiscales dirigidas a los propietarios de inmuebles arrendados con el fin de reducir la carga de los hogares que destinan entre el 50 % y el 60 % de sus ingresos al pago de la renta. Según estimaciones de la Agencia Tributaria, estas bonificaciones podrían beneficiar a cerca de 1,6 millones de familias y llegar a representar un ahorro equivalente a una mensualidad de alquiler.

  1. Incentivos para propietarios que apuesten por el alquiler asequible

Se establecen incentivos fiscales específicos para los arrendadores particulares que decidan mantener sus inmuebles en el mercado de arrendamiento residencial a precios contenidos sin incurrir en prácticas especulativas. Estos beneficios acompañan a los propietarios dispuestos a alquilar a precios compatibles con el mercado, vinculándose al esquema de bonificaciones de la Ley de Vivienda.

  1. Mecanismo «Tu Casa» para la financiación de la primera vivienda

Este nuevo instrumento financiero está destinado a familias con empleo e ingresos estables que carecen del ahorro previo exigido para formalizar una hipoteca y adquirir su primera vivienda. A través del mecanismo «Tu Casa», el Gobierno concederá préstamos a un tipo de interés del 0% para adelantar la cantidad requerida para la compra del inmueble, cubriendo las carencias observadas en los sistemas de avales anteriores.

  1. Protección del parque público mediante el modelo 'Casa 47'

La norma contempla el refuerzo de la oferta pública residencial mediante la consolidación del modelo denominado 'Casa 47', considerado por la ministra como la herramienta más eficaz a largo plazo. Asimismo, se activarán los mecanismos administrativos pendientes dentro de la Administración General del Estado con el fin de seguir incorporando inmuebles al parque público estatal.

  1. Rebaja del IVA al 4 % para la vivienda pública y protegida

El decreto rebaja la fiscalidad de la vivienda de promoción pública y protegida al tipo superreducido del IVA del 4%. Esta medida utiliza el incentivo fiscal con el objetivo de estimular la construcción de inmuebles residenciales asequibles e incrementar progresivamente la oferta pública disponible.

Bloque 2: Segundo Real Decreto (Estabilidad contractual y tramitación parlamentaria)

A diferencia del primer decreto, este segundo texto se ha elaborado con menor margen de negociación previa. Pese a ello, el Gobierno ha solicitado la responsabilidad y el respaldo del Congreso para convalidar con urgencia ambas normas en el pleno extraordinario y transformar las medidas en soluciones efectivas ante la crisis de vivienda.

  1. Renovación automática de los contratos de alquiler

El segundo Real Decreto establece la prórroga automática de los contratos de arrendamiento con salvaguardas para circunstancias particulares, buscando dotar de mayor estabilidad a los inquilinos y evitar la incertidumbre contractual. El contenido del texto especifica que, por norma, cuando pasen los 5 años de duración de un contrato de alquiler, ese vínculo se renueva por otros 5 años. Si el propietario no quiere renovarlo tiene que avisar con medio año de antelación a su inquilino e indemnizarlo con el equivalente a 12 meses de alquiler de una vivienda parecida, con la excepción de que el propietario necesite esa vivienda para sí mismo o para alguno de sus familiares.

La propuesta se inspira en modelos europeos y en la filosofía del sistema público 'Casa 47', en el cual los contratos de arrendamiento pueden formalizarse por periodos de hasta 75 años.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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