Sábado, 23 de mayo de 2026 Sáb 23/05/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Internacional

El dictamen del Supremo abre la puerta a un aluvión de reclamaciones de viviendas turísticas

El dictamen del Supremo abre la puerta a un aluvión de reclamaciones de viviendas turísticas
Artículo Completo 1,048 palabras
La patronal Fevitur avanza que las cuantías patrimoniales frente al Estado podrían alcanzar los 160 millones de euros
El dictamen del Supremo abre la puerta a un aluvión de reclamaciones de viviendas turísticas

La patronal Fevitur avanza que las cuantías patrimoniales frente al Estado podrían alcanzar los 160 millones de euros

Regala esta noticia Añádenos en Google Turistas dejan las llaves de la vivienda turística en la que se han alojado en Málaga. (SUR)

Pilar Martínez

Málaga

22/05/2026 Actualizado 23/05/2026 - 00:49h.

Tras anular el pasado jueves el Tribunal Supremo la obligación de inscripción en el Registro Único de viviendas turísticas aprobado por el Gobierno el pasado ... año por carecer de competencias en la materia y superponerse a los registros de cada comunidad autónoma, como denunciaron cinco de estas regiones en su momento, entre ellas Andalucía, la pregunta que más repiten los propietarios de los inmuebles afectados por este censo es: ¿Ahora qué?. Los abogados especializados en este sector vaticinan un aluvión de reclamaciones económicas al Gobierno y la Federación de Viviendas Turísticas (Fevitur) avanza que las reclamaciones patrimoniales frente al Estado podrían alcanzar los 160 millones de euros. Basta señalar que los datos facilitados por la Subdelegación del Gobierno en Málaga el pasado miércoles elevaban a 25.100 viviendas turísticas las que fueron declaradas ilegales por el Gobierno en Andalucía, precisando desde estas instancias que el dato suponía «más de uno de cada cuatro en toda España».

La respuesta a qué hacer ahora dependerá de cada una de las circunstancias de los 75.000 inmuebles de alquiler vacacional que hay inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía, una cifra que viene a ser en torno a la mitad del conjunto de la región. El abanico va desde reclamar los 32 euros que han pagado al registrador de la propiedad para inscribir su inmueble a exigir la compensación del tiempo en que una vivienda ha sido declarada ilegal por no estar en este censo estatal, cuando sí se ajustaba a derecho en su comunidad. Hasta el extremo de exigir al Gobierno daños, perjuicios y el lucro cesante. Lo que los expertos en la materia sí avanzan es que el Ejecutivo tendrá que hacer frente a numerosas reclamaciones económicas de decenas de miles de afectados que no pudieron cumplir con la inscripción en el registro nacional por muy diferentes casuísticas, lo que les impidió operar en las grandes plataformas de alquiler vacacional al ser obligatorio contar con el código estatal. Este ha sido el caso de las 25.100 viviendas turísticas mecionadas que fueron declaradas ilegales por el Gobierno en Andalucía.

88.000

son los inmuebles de alquiler vacacional en la provincia malagueña afectados por el Registro Único.

Desde Fevitur explican que tras el derribo del modelo estatal que convirtió a los registradores de la propiedad en el principal cuello de botella de acceso al mercado para miles de viviendas de uso turístico completamente legales en España, las estimaciones manejadas por esta patronal apuntan a que las revocaciones, bloqueos y problemas derivados del número de registro estatal han supuesto de media un coste de 33.000 euros por propietario afectado, entre pérdida de reservas, gastos adicionales, inseguridad operativa y barreras de comercialización. «No hablamos de una cuestión teórica ni de un simple matiz jurídico: hablamos de miles de familias y empresas que, cumpliendo toda la normativa autonómica, han visto limitada o bloqueada su capacidad de operar por un modelo que el Supremo acaba de tumbar», detalla Silvia Blasco, presidenta de Fevitur .

El presidente de la Asociación de Viviendas Turísticas de Andalucía (AVVA-Pro), Juan Cubo, adelanta que se ponen al servicio tanto de asociados como del resto del sector, aunque no estuviesen vinculados a esta patronal. Explica que hay dos tipos de afectados. Por una parte, los que no han podido hacer el Registro Único y han tenido que dejar de publicar en las plataformas, pudiendo reclamar un lucro cesante por haber tenido que dejar la actividad. Y después están los que «se han gastado muchísimo dinero en registrar sus viviendas, pasar por notarías, registros y AFOS, para que finalmente haya sido para nada». Cubo recalca que «son dos situaciones distintas y con cada una de ellas habrá que tratar de proteger los derechos de esos ciudadanos». Ya avanza que están llegando «muchas consultas, mucha gente pidiéndonos asesoramiento».

«Las revocaciones, bloqueos y problemas para estar en este registro han supuesto un coste medio de 33.000 euros por propietario afectado»

En este sentido, señala que la propia sentencia recoge que ya el Consejo de Estado advirtió al Gobierno a través de un dictamen fechado el 18 de diciembre de 2024 que carecía de competencias para dictar la norma proyectada. Por ello, desde esta asociación insisten en que se aprobó una medida que, desde su planteamiento inicial, «generó una profunda inseguridad jurídica y una gran preocupación entre miles de propietarios y profesionales del sector turístico en toda España».

Ante el nuevo escenario, el abogado y economista Álvaro Graciani está convencido de que habrá «mucha gente que reclamará». Asimismo, Jacob Salama, de Salama Legal, especializados en la defensa de propietarios de inmuebles de alquiler vacacional ante este Registro Único del Gobierno, explica varios de los supuestos de este previsible aluvión de reclamaciones. Afirma que reclamar los 32 euros del coste del registrador para la inscripción «no creo que le merezca la pena a nadie». Diferente es el caso de quienes quieran recuperar los daños, perjuicios y el lucro cesante porque le paralizaron durante meses el anuncio en Airbnb por no tener firmado de manera electrónica el certificado de la comunidad, o reservas canceladas; por perder una compraventa o un contrato de arras porque el Registro Único le hubiera denegado la inscripción o hubiera tenido que rebajar el precio; por las reservas o las valoraciones perdidas por quitarle el anuncio durante un tiempo y volverlo a poner cuando consiguió el código estatal; o por los gastos extraordinarios derivados de esta ley como los referidos a poderes notariales, abogados, traducciones de documentos o procesos judiciales.

comentarios Reportar un error
Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
Compartir