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El TC rechaza suspender la inhabilitación de Junqueras y Turull, que seguirán sin poder presentarse a cargos electos

El TC rechaza suspender la inhabilitación de Junqueras y Turull, que seguirán sin poder presentarse a cargos electos
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El Constitucional no ve base para levantar la pena mientras se resuelven sus recursos contra la decision del Supremo de no aplicarles la amnistía. Más información: Sánchez lidera la ofensiva contra la condena al fiscal y sus ministros la ridiculizan para que el Constitucional la revoque

El presidente de ERC, Oriol Junqueras y el secretario general de Junts, Jordi Turul, el pasado 8 de octubre en el Parlament.

Tribunales El TC rechaza suspender la inhabilitación de Junqueras y Turull, que seguirán sin poder presentarse a cargos electos

El Constitucional no ve base para levantar la pena mientras se resuelven sus recursos contra la decision del Supremo de no aplicarles la amnistía.

Más información: Sánchez lidera la ofensiva contra la condena al fiscal y sus ministros la ridiculizan para que el Constitucional la revoque

Publicada 16 diciembre 2025 13:28h Actualizada 16 diciembre 2025 13:49h

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El Tribunal Constitucional ha rechazado suspender la inhabilitación de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, quienes seguirán sin poder ejercer cargos públicos.

Los afectados alegaban que la no aplicación de la amnistía vulneraba sus derechos fundamentales y solicitaban la suspensión cautelar de la pena impuesta por el Tribunal Supremo.

El TC argumenta que no existe un perjuicio irreparable y que levantar la inhabilitación podría dañar los intereses generales y la confianza ciudadana en los cargos públicos.

La decisión se apoya en la larga duración de la pena, el tiempo pendiente de cumplimiento y la doctrina constitucional que impide anticipar el juicio sobre el fondo del recurso.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha denegado este martes la solicitud presentada por Jordi Turull, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa de suspensión cautelar del cumplimiento de la pena de inhabilitación absoluta que les fue impuesta por el Tribunal Supremo en la la causa del procés.

Los cuatro seguirán inhabilitados para ejercer cargos públicos en tanto se tramitan sus recursos de amparo por no haberseles aplicado la amnistía.

En dichos recursos los demandantes de amparo impugnan las resoluciones del TS que declararon que no procedía amnistiar el delito de malversación de caudales públicos por concurrir dos causas de exclusión previstas en la propia ley de amnistía: la de haber obtenido "un beneficio personal de naturaleza patrimonial", recogida en el art. 1.1, letras a) y b) y 1.4, y la de "tratarse de actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea".

La Justicia europea rechaza que el Tribunal Supremo y el TC violaran los derechos políticos de Junqueras, Turull y Sànchez

Los demandantes de amparo aducen que estas resoluciones judiciales vulneran varios derechos fundamentales, entre otros, el derecho a la
tutela judicial efectiva, a la legalidad penal y a la participación política.

En los tres autos aprobados hoy, el Tribunal Constitucional acuerda no suspender la ejecución de la pena por no derivarse de la misma un perjuicio irreparable que pudiera hacer perder al amparo su finalidad.

El TC toma en consideración la larga duración de la inhabilitación absoluta impuesta a cada recurrente en sentencia, de doce y trece años, el tiempo pendiente de cumplimiento, superior a cinco años, el plazo previsible en el que se resolverán los amparos, manifiestamente inferior, así como la imposibilidad de adoptar en esta fase del procedimiento constitucional, conforme a reiterada doctrina constitucional, un juicio anticipatorio del fundamento de la pretensión deducida.

La pena de inhabilitación impide a Junqueras y Turull volver a ocupar cargos políticos representativos. En el caso de Romeva y Bassa, la afectación que alegan tiene un carácter más particular: el primero para ser profesor y la segunda para contratar con las administraciones públicas.

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, y los magistrados César Tolosa y José María Macías, fueron quienes propusieron el rechazo de la petición de los cuatro condenados por el procés catalán, tal y como adelantó EL ESPAÑOL.

Pena de larga duración

En la ponencia de la petición de Bassa, Conde Pumpido defendía que levantar el cumplimiento de la pena podría "dañar los intereses generales" y "socavar gravemente la confianza de los ciudadanos en los cargos públicos", puesto que delinquieron cuando eran autoridades públicas.

Conde-Pumpido rechazaba el argumento del abogado del Estado de que la ley de amnistía -declarada constitucional por el TC el pasado junio- constituye un hecho sobrevenido favorable a la medida cautelar.

Según la Abogacía del Estado, esa ley "exime de responsabilidad criminal a quien cometió el delito de malversación", justo la tesis que niega el Tribunal Supremo.

"No es posible asumir el alegato" del abogado del Estado, indica el presidente del TC en su ponencia, "pues supondría introducir en la fase inicial del proceso constitucional de amparo un elemento de juicio incompatible con su naturaleza y función".

En el mismo sentido se pronunciaba el magistrado Macías, que propone desestimar la suspensión cautelar de la pena de inhabilitación a la que fue condenado Turull.

El ponente señalaba que "no deja de resultar llamativo tratándose del abogado del Estado, de ordinario llamado a ser el defensor de los intereses generales, que sus consideraciones prescinden por completo de llevar a cabo el necesario ejercicio de ponderación de los intereses del solicitante con la pluralidad de factores que pueden perjudicar intereses generales prevalentes y que el fiscal ha destilado en su escrito".

Por su parte, el magistrado Tolosa, ponente de las peticiones de Junqueras y Romeva, argumentaba que la suspensión cautelar de sus penas de inhabilitación "podría causar una grave perturbación de los intereses colectivos".

Explicaba, a este respecto, que levantar el cumplimiento de la pena "implicaría el riesgo de reincorporación de los condenados a cargos o funciones públicas pese a haber sido sancionados por actuaciones que afectaron a bienes jurídicos de naturaleza institucional y al principio de legalidad democrática".

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    Fuente original: Leer en El Español
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