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Ante la volatilidad de los criterios administrativos y los constantes cambios normativos, las grandes fortunas importan una herramienta del mundo corporativo para proteger su legado: el seguro de responsabilidad fiscal.
La búsqueda de certidumbre se ha convertido en la prioridad absoluta para los grandes patrimonios y la empresa familiar en España. En un entorno definido por una alta actividad regulatoria, el incremento de las revisiones por parte de la Administración y la dificultad para prever el criterio tributario a largo plazo, los inversores han comenzado a levantar un cortafuegos financiero. Se trata de una de las tendencias más notables de los últimos meses en la gestión de grandes capitales: la adopción de los seguros de responsabilidad fiscal (Tax Liability Insurance) fuera de su hábitat natural, las fusiones corporativas, para adentrarse en la planificación sucesoria y la reestructuración familiar.
Históricamente, estos productos eran herramientas técnicas limitadas al mercado de fusiones y adquisiciones (M&A). Su función era limpiar la operación, permitiendo que comprador y vendedor cerraran el trato sin que posibles pasivos ocultos o riesgos fiscales heredados dinamitaran la negociación. Sin embargo, la percepción de las amenazas ha cambiado.
"Uno de los riesgos que vemos es una potencial interpretación futura diferente a la que alguien ha tenido", explica Enrique Sanz, director de Planificación Patrimonial de Lombard Odier. Para el experto, la clave reside en que un contribuyente puede estar actuando hoy con total corrección, amparado por la ley y las consultas de Tributos, pero existe el temor a que, dentro de unos años, la Administración revise esa misma operación bajo una óptica distinta.
Salto a la economía real
La gran novedad que está agitando el sector del asesoramiento patrimonial es el aterrizaje de estas pólizas en la estructura de la empresa familiar. "En el ámbito de venta de empresas lleva muchísimos años", reconoce Sanz, que destaca el cambio de tendencia: "Lo que es una novedad es que esté operando en otros terrenos, como son por ejemplo el de fusiones y escisiones, temas de empresa familiar, activos afectos a actividad empresarial o escisiones en las cuales no hay proporcionalidad de accionistas".
Estas operaciones son el sistema circulatorio de la empresa familiar. Determinar si un inmueble o una cartera de inversiones está "afecto" a la actividad económica es vital, pues de ello dependen las bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y en el de Patrimonio. Una discrepancia con Hacienda en este punto puede suponer un coste inasumible que ponga en peligro la continuidad del negocio en el paso de una generación a otra.
"En eso la verdad es que resulta llamativo lo que se está dando en los últimos meses", apunta el experto de Lombard Odier. Su entidad fue pionera en detectar esta necesidad. "De hecho, dicen que nosotros en el ámbito de la empresa familiar fuimos de los primeros. Hace ya tres años propusimos este tipo de seguro", explica.
Transferencia del riesgo
El funcionamiento de estos seguros permite derivar la responsabilidad económica de un eventual litigio con Hacienda hacia el balance de una aseguradora. El mecanismo transforma una contingencia incierta (una posible inspección con resultado desfavorable) en un coste fijo y conocido: la prima de la póliza. Si la autoridad fiscal levanta un acta, el seguro cubre la pérdida financiera, incluyendo la cuota reclamada, los intereses de demora y las posibles sanciones.
Esta herramienta se ha vuelto indispensable para operaciones de reestructuración societaria o liquidación de entidades, donde los socios no quieren mantener una espada de Damocles tributaria sobre sus cabezas durante los cuatro años de prescripción fiscal.
Áreas grises
El mercado asegurador no ofrece cobertura para el fraude ni para la negligencia. Al contrario, la contratación de estos seguros implica un escrutinio técnico muy riguroso. "Tiene su complejidad porque requiere que los abogados estudien la operación y vean qué nivel de riesgo tiene", advierte Enrique Sanz.
El producto está diseñado para cubrir lo que los expertos denominan "áreas grises". En concreto, estas zonas indefinidas son escenarios donde la norma está sujeta a interpretación. "Lógicamente, las compañías aseguradoras no aseguran a alguien que no presenta una liquidación o alguien que tiene una interpretación manifiestamente incorrecta", aclara Sanz. El seguro actúa únicamente cuando la posición del contribuyente es sólida y razonable, pero vulnerable ante un cambio de criterio administrativo en el futuro.
Se trata de asegurar situaciones donde "hay una duda razonable" o donde, existiendo un criterio actual, "se puede pensar que el día de mañana puede cambiar". En definitiva, la empresa familiar española está sofisticando su gestión de riesgos, buscando en el mercado asegurador la seguridad jurídica que, en ocasiones, el entorno normativo no termina de garantizar.
La "duda razonable" como único requisito asegurable
El auge de los seguros fiscales no implica la elusión de impuestos. De hecho, el proceso de suscripción de estas pólizas actúa como un filtro de calidad sobre la estrategia fiscal de la compañía. Las aseguradoras realizan una due diligence exhaustiva y a menudo contratan a un segundo despacho de abogados para validar la operación antes de asumir el riesgo. El objetivo es cubrir la discrepancia técnica, nunca el dolo. Como señala Enrique Sanz, estas pólizas están diseñadas para proteger al contribuyente cuando existe una "duda razonable". Esto significa que la postura fiscal adoptada por la familia o la empresa debe estar fundamentada en la ley vigente, aunque exista incertidumbre sobre cómo la interpretarán en el futuro.
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