El ex ministro de Transportes José Luis Ábalos ha decidido mantener su acta de diputado mientras avanzaba la investigación del denominado caso Koldo, donde se encuentra imputado, y a un paso del banquillo de los acusados, por delitos de integración en organización criminal, cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. Si no hay movimiento sorpresivo de última hora por parte de quien fuera mano derecha de Pedro Sánchez, Ábalos será juzgado previsiblemente en el primer trimestre de 2026 en el Tribunal Supremo, según informan fuentes jurídicas a EL MUNDO.
Con su estrategia de defensa, negándose a renunciar al acta de diputado, el también ex secretario de Organización del PSOE ha determinado que la competencia de esta macrocausa de corrupción corresponda a la Sala Segunda del TS, dada su condición de aforado.
La Sala de Apelaciones del Alto Tribunal deliberó el jueves pasado a puerta cerrada sobre el recurso presentado por la defensa de Ábalos contra el auto que transformó las diligencias previas en procedimiento abreviado -el equivalente al auto de procesamiento- y donde el instructor Leopoldo Puente anticipó que lo va a sentar en el banquillo de los acusados por la compra de mascarillas en la pandemia del Covid, los enchufes de sus amigas íntimas en empresas públicas, la operación de arrendamiento de un chalé en La Línea de la Concepción (Cádiz) o la estancia del ex ministro de un chalé vacacional en Marbella (Málaga), entre otros hechos.
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado 24 años de prisión para el ex ministro de Transportes en esta pieza separada. La pena mínima de cárcel a la que se enfrenta el ex dirigente socialista por estos cinco delitos es de 12 años y medio de prisión.
Fuentes jurídicas indican que es altamente probable que la Sala Penal del TS avale la instrucción llevada a cabo por el instructor Puente, quien está a la espera de esta decisión para dictar el auto de apertura de juicio oral.
Una vez que la Sala de Apelaciones confirme el procesamiento de José Luis Ábalos, se aplicará el artículo 21 del Reglamento del Congreso y el actual diputado del Grupo Mixto quedará suspendido. El citado artículo reza lo siguiente: «Los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».
Además, según la propia jurisprudencia del Supremo, cuando un juez dicta el auto de apertura de juicio oral, el político aforado ya no puede renunciar a su acta de parlamentario. Es decir, en cuestión de días se esfumará la posibilidad que tiene Ábalos de forzar el envío de la causa a la Audiencia Nacional, con el consecuente retraso de su propio enjuiciamiento e hipotética condena.
El conjunto de todas estas circunstancias aboca a José Luis Ábalos a sentarse en el banquillo de los acusados del Alto Tribunal en los primeros meses del año 2026. Entre otros motivos, porque este procedimiento -el caso Koldo- es la única causa con preso que hay en la actualidad en la Sala de lo Penal y eso hace que tenga prioridad respecto al resto de procedimientos.
Además, el empeño de Ábalos por aferrarse al escaño provocará una nueva situación insólita, ya que la última instancia jurisdiccional del país tendrá que juzgar a un parlamentario acusado de graves delitos como la integración en organización criminal. No en vano, el pasado mes de octubre, el magistrado instructor Puente mostró su «estupor» por el hecho de que el ex ministro haya unido su futuro procesal al acta de diputado.
El juez del Supremo señaló en un auto que «no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputado (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley)». «Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión», añadió.
Por su parte, el ex secretario de Organización del PSOE continúa defendiendo su inocencia y negando la comisión de cualquier hecho delictivo desde la cárcel madrileña de Soto del Real. En el recurso frente a la prisión provisional, su letrado, el ex fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista, sugirió que el Supremo ha acordado el encarcelamiento del ex ministro para forzarlo a colaborar con la Justicia. «Resulta inevitable no pensar en que la medida cautelar únicamente [en referencia a la prisión] tiene como objetivo fomentar una declaración colaborativa al estilo de la del imputado [Víctor de] Aldama tras su paso por un centro penitenciario», indicó la defensa.