Miércoles, 08 de abril de 2026 Mié 08/04/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Política

La Fiscalía avala que un familiar pueda recurrir en los tribunales una eutanasia si hay "un intenso vínculo afectivo"

La Fiscalía avala que un familiar pueda recurrir en los tribunales una eutanasia si hay "un intenso vínculo afectivo"
Artículo Completo 598 palabras
Después de la muerte asistida de Noelia, el Supremo fijará doctrina el mes que viene y lo hará en base a un caso similar, el de Francesc, de 55 años Leer

La Fiscalía del Tribunal Supremo avala que un familiar pueda recurrir en los tribunales una eutanasia ya autorizada por la comisión correspondiente, aunque siempre que haya "un intenso vínculo afectivo" con el solicitante. A su vez, entiende que la legitimación de terceras personas para intervenir en el procedimiento judicial debe ser interpretada con "carácter restrictivo".

Así se ha pronunciado el Ministerio Público apenas dos semanas después del caso de Noelia, la joven parapléjica de 25 años de Barcelona, que provocó un fuerte debate social y mediático.

La Fiscalía se posiciona en respuesta un recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) acerca de la legitimación de terceras personas distintas del solicitante para intervenir en los procedimientos judiciales relativos a la prestación de la eutanasia por un caso parecido, el de Francesc, un hombre que la solicitó en 2024 tras sufrir cuatro ictus y que su padre, de más de 90 años, la frenó con un recurso.

Ahora, la Fiscalía del Supremo sostiene no es suficiente con ser padre o madre, por ejemplo, de la persona solicitante, sino que hay que tener un "intenso vínculo afectivo" y acreditarlo.

Después de la muerte asistida de Noelia, el Supremo fijará doctrina sobre la eutanasia y quién puede intervenir para frenarla en las próximas semanas, y lo hará en base a una causa similar, la del mencionado Francesc, un hombre de 55 años de un pueblo de Lleida. Este paciente solicitó recibirla alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y el habla por cuatro ictus y dos infartos que sufrió. El padre, de 95 años, logró paralizarla en los tribunales tras presentar un recurso.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) acordó llevar a juicio este caso -paralelo al de Noelia-, al admitir un recurso tanto del progenitor como del Ministerio Público y concluyó que los padres están legitimados a intentar frenar la muerte asistida de un hijo aunque no tengan buena relación.

Ahora, el caso llega al Pleno del Supremo de la mano de la Generalitat de Cataluña, que alega en su recurso que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la concesión o denegación de la prestación de la eutanasia, y considera pertinente el pronunciamiento del Supremo dado que la cuestión puede afectar a un gran número de situaciones.

Y en su informe, la Fiscalía del Supremo se remite a resoluciones del Tribunal Constitucional para defender que el reconocimiento del derecho a la eutanasia por parte de la administración es "susceptible de control judicial" y puede ser impugnado por aquellos a quienes la ley contencioso administrativa reconoce un "interés legítimo".

Ahora bien, para el Ministerio Público, la legitimación de terceras personas para intervenir en un proceso judicial contra un caso de eutanasia "debe ser interpretada con carácter restrictivo, en favor exclusivamente de los parientes ubicados en el más estricto ámbito familiar respecto de la persona solicitante".

El Tribunal Supremo (TS) llevará a Pleno el debate para fijar jurisprudencia sobre si un padre está legitimado para recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a su hijo, mayor de edad y con plenas capacidades. Lo hará en mayo, en la Sala de lo Contencioso, compuesta por 34 magistrados a partir de este caso de Francesc.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
Compartir