El Tribunal Superior de Justicia de Reino Unido dicta sentencia a favor de la empresa española, en una disputa surgida tras la venta de gasolina y gasoil a Mael Trading, compañía de Emiratos Árabes Unidos.
Victoria legal para Moeve en Reino Unido. El Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales (High Court of Justice) ha dado la razón a la compañía española en el pleito que mantenía contra Mael Trading, empresa de Emiratos Árabes Unidos a la que vendió un cargamento de gasolina y gasoil en 2024.
En la sentencia, que tiene fecha de ayer martes y a la que ha podido acceder EXPANSIÓN, el juez Peter MacDonald Eggers dictamina que esta compañía debe pagar 13 millones de dólares (unos 12 millones de euros) a la división de 'trading' de Moeve, cuyo negocio se basa en la compraventa de petróleo y derivados.
Moeve llevó a Mael Trading a los tribunales por una disputa derivada de unos hechos que tuvieron lugar en abril de 2024, cuando acordó la venta de entre 9.000 y 9.500 toneladas métricas de gasolina y 5.000 de gasoil a la compañía de Emiratos, que fueron entregadas en julio en el puerto de Algeciras.
El conflicto surgió cuando, tras la llegada de la mercancía a su destino en Freetown (Sierra Leona), el mecanismo de pago falló. Aunque el contrato estipulaba el uso de cartas de crédito (LOC, por sus siglas en inglés) como garantía, los bancos involucrados (Bank of Africa UK como emisor y JPMorgan como entidad de confirmación) rechazaron el pago alegando discrepancias documentales y retrasos en la presentación.
A pesar del impago, Mael Trading tomó posesión de la mercancía —cuya propiedad se había transferido legalmente en el momento del embarque— y la descargó para su venta a terceros. La empresa argumentó que la mera emisión de las cartas de crédito constituía un "pago absoluto" que la liberaba de responsabilidad, y que Moeve no había entregado físicamente los conocimientos de embarque originales, un documento legal clave en el transporte marítimo.
En la resolución, el juez MacDonald Eggers desestima los argumentos de Mael Trading, los califica de insostenibles y aplica la doctrina inglesa que establece que, salvo pacto expreso que siga lo contrario, una carta de crédito es un método de pago "condicional" y no "absoluto". Dado que el comprador se quedó con el producto, aclara que su obligación de pagar revive de forma automática si el banco no responde, al margen de quién tuviera la culpa del fallo bancario.
Uno de los puntos clave para Moeve es la negativa del tribunal a suspender la ejecución de la sentencia, pese a que Mael Trading intentó frenar el pago alegando supuestas demoras y daños en el puerto de carga. Aunque la compañía podrá continuar un procedimiento separado para demandar ciertos costes por demoras logísticas, el juez desestima por completo sus reclamaciones por lucro cesante y ordena que Moeve reciba el abono de los 13 millones de dólares sin más demora.
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