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Los profesores valencianos tendrán 6 días propios cada año: solo podrá disfrutarlos a la vez el 5% de la plantilla

Los profesores valencianos tendrán 6 días propios cada año: solo podrá disfrutarlos a la vez el 5% de la plantilla
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La medida forma parte del acuerdo retributivo entre la Generalitat y los sindicatos y se aplicará el próximo curso, aunque el pago de la subida salarial quedó en el aire. Más información: ¿Está Llorca obligado a pagar la subida de sueldo a los profesores pactada solo con CSIF y ANPE? Esto dice la ley

Una profesora explica un examen de la PAU de 2026. Jorge Gil / Europa Press Jorge Gil / Europa Press

Valencia Los profesores valencianos tendrán 6 días propios cada año: solo podrá disfrutarlos a la vez el 5% de la plantilla

La medida forma parte del acuerdo retributivo entre la Generalitat y los sindicatos y se aplicará el próximo curso, aunque el pago de la subida salarial quedó en el aire.

Más información: ¿Está Llorca obligado a pagar la subida de sueldo a los profesores pactada solo con CSIF y ANPE? Esto dice la ley

Leer en Castellano Valencia Publicada 8 julio 2026 06:00h

La Generalitat trasladó este martes a los sindicatos docentes las condiciones en las que los profesores valencianos podrán disfrutar de los seis días de asuntos propios a lo largo del próximo curso.

Un permiso que forma parte del acuerdo retributivo que la Conselleria de Educación que dirige Carmen Ortí firmó el pasado mes de mayo con las organizaciones sindicales CSIF y ANPE en el marco de la huelga educativa indefinida.

Y aunque la ejecución de la subida salarial progresiva de 200 euros hasta 2028 a partir de septiembre es una cuestión que quedó en el aire, el apartado de los días de permiso -denominados moscosos, en la jerga funcionarial- se ha desarrollado a través de la Instrucción 1/2026 con la intención de que entren en vigor ya este año.

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El periodo de disfrute abarcará desde el 1 de septiembrehasta el 31 de agosto del año siguiente, coincidiendo con el curso escolar. Y de estos, tres deberán disfrutarse en periodo lectivo y los restantes en periodo no lectivo.

Ahora bien, la concesión también contempla límites a la hora de autorizarse para no afectar a la organización y funcionamiento de los centros: bien respecto a los días que se solicitan, o por la cantidad de docentes que podrían disfrutarlos de forma simultánea en un mismo colegio o instituto.

Respecto a esto último, la norma contempla que el número de docentes de un mismo centro que podrán acogerse al permiso en un mismo día lectivo está limitado en función del tamaño de la plantilla,.

Así, por ejemplo, en centros de hasta 20 profesores, podrá reclamar librar un día un único docente. Mientras que en otros que tengan una plantilla más grande, 80 profesores por ejemplo, podrán disfrutarlo hasta cinco personas a la vez.

Esto significa que la regulación fija un límite de en torno a un 5 y un 6% del total del equipo docente. Y, además, se les exige dejar planificadas las actividadesque realizará el alumnado durante su ausencia.

Fechas 'incompatibles'

La instrucción, presentada por el director general de Personal Docente, Pablo Ortega, a los sindicatos establece un procedimiento reglado para compatibilizar este nuevo derecho con la adecuada prestación del servicio educativo.

Así será la jornada laboral de los profesores valencianos: 35 horas semanales, entre 23 y 18 lectivas y seis días de permiso

Las solicitudes deberán presentarse con unaantelación mínima de quince días naturalesy máxima de dos meses, estarán condicionadas a las necesidades organizativas del centro y requerirán autorización previa de la dirección.

Asimismo, se fijan determinados periodos en los que no podrán concederse estos permisos, como los 15 primeros y los 15 últimos días lectivos del curso, los días previos y posteriores a los principales periodos vacacionales, o las fechas coincidentes con evaluaciones.

Esto buscaría, así, evitar que se produzcan largos periodos de libranza que alteraran el funcionamiento de las clases o que coincidieran con fechas relevantes del curso, como son los días en los que se examina a los alumnos.

Los sindicatos celebran la nueva regulación, dado que los docentes valencianos no disponían de ninguna medida de este tipo que, entre otras cosas, favorece la conciliación. Por ejemplo, les permitiría quedarse en casa si en algún momento del curso tienen a un hijo o familiar enfermo del que hacerse cargo o acompañar al médico.

Ahora bien, tampoco ha estado exenta de críticas al 100%. STEPV, CCOO y UGT no firmaron el acuerdo retributivo durante la negociación con la Conselleria, y por tanto tampoco respaldaron estos días de asuntos propios.

Tras el encuentro de este martes, de hecho, el portavoz del sindicato mayoritario de educación, Marc Candela, reclamó que la instrucción no deje en manos de los equipos directivos la decisión de a quién se le concede el día libre si hay más peticiones de las que realmente se pueden autorizar.

"No dejar el marrón en manos de los directores", resumió. En definitiva, que se establezca un orden de prelación ante varias solicitudes, de manera que se pueda priorizar unas frente a otras si coincidieran en un mismo periodo.

Asimismo, también reclamó que los días de permiso seanen su totalidad en periodo lectivo, y no en no lectivo. El periodo no lectivo correspondería a los días previos al inicio de curso en septiembre (generalmente la primera semana), o los días posteriores al fin de curso, correspondientes a las últimas jornadas de junio y primera semana de julio.

Subida salarial

Y mientras se perfila la aplicación de este acuerdo, la subida salarial sigue pendiendo de un hilo. Ortí no llegó a aclarar en una entrevista en À Punt en junio si los profesores percibirían después del verano el incremento retributivo pactado con dos sindicatos.

"El tema de la subida salarial está sobre la mesa para conseguir que puedan sumarse cualquiera de las otras tres organizaciones sindicales que a día de hoy no la respaldan. A nosotros nos gustaría que pudiera hacerse efectiva entonces -en septiembre-", explicó la responsable de Educación.

La respuesta dejó en el aire su entrada en vigor, así como también el hecho de que no se encontrara entre las medidas anunciadas por el presidente Juanfran Pérez Llorcaque pondrá en marcha pese a no haber logrado un respaldo sindical mayoritario: bajada de ratios, aumento de plantillas y climatización de aulas.

La subida salarial a los profesores se queda fuera de las medidas educativas que Llorca aplicará sin acuerdo sindical

Lo cierto es que, atendiendo a la normativa vigente, la Generalitat no estaría en estos momentos obligada a pagar la subida salarial de la que se desmarcaron la mayoría de los sindicatos.

El desarrollo legislativo que existe sobre los acuerdos de las mesas de negociación con las administraciones públicas no es demasiado extenso. De hecho, la normativa que rige para este caso sería directamente la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

Como punto de partida, esta no establece en ningún caso que para que un acuerdo sea válido o deba ejecutarse de forma obligatoria, este deba haber reunido el apoyo de la mayoría de la representación sindical. CSIF y ANPE suman el 30% del profesorado.

Ahora bien, lo que sí determinaría la norma básica estatal es cuándo el acuerdo comenzaría a desplegar sus efectos jurídicos.

Sin publicarse en el DOGV

En el artículo 38.2 del TREBEP se establece que los pactos "se celebrarán sobre materias que correspondan estrictamente con el ámbito competencial del órgano administrativo que lo suscriba y se aplicarán directamente al personal del ámbito correspondiente". En este caso, a los profesores.

El siguiente apartado dicta que para que estos tengan "validez es necesaria su aprobación expresa por parte de los órganos competentes de las administraciones públicas".

"Cuando tales acuerdos hayan sido ratificados y afecten a temas que pueden ser decididos de forma definitiva por los órganos de gobierno, el contenido será directamente aplicable al personal incluido en su ámbito de aplicación", agrega este mismo artículo.

¿Está Llorca obligado a pagar la subida de sueldo a los profesores pactada solo con CSIF y ANPE? Esto dice la ley

Según el artículo 38.6 de la norma básica, "una vez ratificados, deben ser remitidos a la Oficina Pública que cada administración competente determine y la autoridad respectiva ordenar su publicación en el Boletín Oficial que corresponda en función del ámbito territorial".

Esto significa que, a pesar de haberse firmado por parte de la Generalitat y dos sindicatos, para que el texto adquiera un vínculo jurídico, debería remitirse al pleno del Consellpara ser ratificado y posteriormente publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Un paso que, conviene apuntar, todavía no ha ocurrido a pesar de que el pacto fue firmado el 25 de mayo y que, en definitiva, 'libra' a la Generalitat de la obligación legal de pagar.

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