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Economía

Rechazo rotundo del sector inmobiliario catalán a las nuevas restricciones a grandes tenedores

Rechazo rotundo del sector inmobiliario catalán a las nuevas restricciones a grandes tenedores
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Los propietarios de cinco o más viviendas sólo podrán comprar si es para vivir allí o si las alquilan y cumplen con el tope de precios. El sector, rotundo: los inversores se fueron y no volverán. Leer
VIVIENDARechazo rotundo del sector inmobiliario catalán a las nuevas restricciones a grandes tenedores 19 FEB. 2026 - 21:57La falta de vivienda nueva agrava el déficit crónico de oferta.ELENA RAMONEXPANSION

Los propietarios de cinco o más viviendas sólo podrán comprar si es para vivir allí o si las alquilan y cumplen con el tope de precios. El sector, rotundo: los inversores se fueron y no volverán.

El sector inmobiliario catalán reaccionó con rotundidad y aseguró que la crisis habitacional irá a más con los nuevos límites a los grandes tenedores que se introducirán por ley en la comunidad.

"Ya se expulsó a los inversores y ahora no habrá nuevos; así no se conseguirá producir más vivienda" y dar respuesta al crecimiento demográfico y de la demanda, dijo Òscar Gorgues, gerente de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona.

"Si este capital se retira o marcha a otros territorios, el mercado perderá oferta, lo que significa más tensión", concluyó Montserrat Junyent, presidenta de la Asociación de Agentes Inmobiliarios (API) de Cataluña y del Colegio Oficial que les aglutina en Barcelona.

"Limitar determinadas adquisiciones de edificios en zonas ya fuertemente reguladas y tensionadas puede generar más inseguridad jurídica y frenar operaciones", afirma Junyent. Dice que el perfil más afectado será "el inversor medio o patrimonial que compra edificios para rehabilitarlos y destinarlos a alquiler".

Los promotores auguran una parálisis total en rehabilitación. "Tenemos un parque residencial muy envejecido; un promotor que quiera comprar un edificio para reformarlo no tendrá ni por donde empezar si luego quiere vender", declaró Carles Sala, vicesecretario general de la Asociación de Promotores y Constructores (APCE) en Cataluña.

Sala también lamentó que el Govern de Illa y En Comú Podem utilicen la expresión "compra especulativa" para explicar el alcance de su acuerdo. "Se tergiversa lo que somos; de nosotros depende el 80% de la vivienda protegida de Cataluña, no somos especuladores", apunta.

Gorgues recordó que a finales de junio, entró en vigor un incremento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que afecta a los grandes tenedores, que pagan el tipo máximo que permite la ley estatal. Además, en Barcelona, en la obra nueva y en las grandes rehabilitaciones debe destinarse el 30% para vivienda protegida, lo que ha reducido al mínimo la actividad.

Gorgues y Sala creen que la norma choca con la legalidad. Tanto el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) como el Govern han encargado informes que ven constitucional el límite, aunque la Cámara de la Propiedad Urbana los ve "sesgados". "La sensación es que todo está condicionado a aprobar las cuentas de 2026", concluye la APCE.

Lo que han pactado Illa y En Comú

Cataluña redobla su apuesta por la regulación inmobiliaria. En los próximos meses, el Parlament aprobará por lectura única una reforma de la ley de urbanismo que restringirá las compras por parte de los grandes tenedores en las zonas "tensionadas".

Es una medida que forma parte del acuerdo presupuestario que este jueves rubricaron el Govern de Salvador Illa (PSC) y En Comú Podem. Con todo, la última palabra la tendrá ERC, con quien aún no ha arrancado la negociación.

En Cataluña, se considera gran tenedor a las personas físicas y jurídicas que tienen cinco viviendas o más. El 90% de la población reside en los 271 municipios declarados como tensionado, y en ellos, las adquisiciones se limitarán a "dos finalidades: destinarlas a residencia habitual o ponerlas en alquiler" cumpliendo con el índice de precios, dice el acuerdo.

Los grandes tenedores no podrán comprar viviendas granulares en estas localidades, pero sí "edificios enteros y siempre con la obligación de destinarlos al alquiler con precio topado". Las personas físicas deberán acreditar ante notario con una declaración responsable que irán a vivir allí. Luego, deberán empadronarse.

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Fuente original: Leer en Expansión
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