Viernes, 28 de agosto de 2026 Vie 28/08/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Internacional

Un jubilado pierde su pensión por trabajar 'en secreto' a nombre de su mujer y es condenado a devolver 46.837,14 euros

Un jubilado pierde su pensión por trabajar 'en secreto' a nombre de su mujer y es condenado a devolver 46.837,14 euros
Artículo Completo 297 palabras
El agricultor puso la empresa a nombre de su esposa con incapacidad permanente para seguir percibiendo la pensión
Un jubilado pierde su pensión por trabajar 'en secreto' a nombre de su mujer y es condenado a devolver 46.837,14 euros

El agricultor puso la empresa a nombre de su esposa con incapacidad permanente para seguir percibiendo la pensión

Regala esta noticia Añádenos en Google Un agricultor con su tractor, imagen de archivo. (Antonio de Torre)

Mario Lahoz

Valencia

28/08/2026 a las 08:01h.

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha ratificado su fallo a favor de la Seguridad Social y condena a un jubilado a devolver ... casi 50.000 euros por compatibilizar su pensión de jubilación con un trabajo de agricultor siendo esto incompatible.

Una situación que se mantuvo hasta 2020, cuando la Seguridad Social suspendió la prestación y reclamó al jubilado la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, un total de 46.837,14 euros.

No obstante, el jubilado decidió recurrir a la vía judicial amparándose en el artículo 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social que señala que «el percibo de la pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales no superen el SMI».

Sin embargo, la justicia desestimó el recurso. El tribunal explicó que el mismo artículo refleja que «la pensión de jubilación será incompatible con el trabajo del pensionista». Además, la sentencia detalla que el jubilado urdió un plan para crear un «claro fraude».

Por tanto, el TSJ de La Rioja dictamina que el jubilado deberá devolver los 46.837,14 euros ingresados indebidamente. Y es que el artículo 55 de la Ley General de la Seguridad Social explica que «aquellos que hayan percibido indebidamente prestaciones de la Seguridad Social vendrán obligados a reintegrar su importe».

comentarios Reportar un error
Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
Compartir