El 13 de diciembre de 2018, J.F.C.C., de 53 años, moría atropellado por un conductor que no frenó a tiempo en el paso de cebra por el que cruzaba cuando se dirigía a su trabajo, en el Paseo de las Delicias de Sevilla. Cinco años después, un juez fijó una pena de un año de prisión para el acusado por el accidente mortal. Como no había antecedentes penales ni circunstancias agravantes (los análisis de alcohol y droga dieron negativo), no llegó a entrar en prisión.
La Justicia dictó una condena acorde a lo establecido en el Código Penal. Pero eso no es siempre suficiente para reparar el daño causado a la familia de la víctima. «Nunca recibimos una disculpa ni ningún otro gesto por parte del conductor», cuenta Juan Francisco, hijo del fallecido, que sintió que el recorrido judicial de su caso no había servido para restañar la herida profunda de la muerte del padre ni el daño personal que se le había infligido: «Cuando llegó la sentencia, sentí que ésta no servía para atenuar la rabia. Tenía un enfado que no conseguía gestionar y que dirigía a todo lo que yo relacionaba con la persona que causó, sin pretenderlo, la muerte de mi padre. Lo seguía en las redes sociales y me producía un profundo dolor todo lo que hacía o decía. No soportaba su aparente ejemplaridad cuando no había mostrado compasión con mi familia».
Unos meses después, un amigo le habló de la «justicia restaurativa» y le puso en contacto con un mediador profesional, el abogado José Castilla, que le introdujo en un programa diseñado para acercar al victimario y sus víctimas y encontrar alivio para las cicatrices.
Por lo general, es en las instituciones penitenciarias donde se trabaja en la búsqueda de perfiles que sean adecuados para participar en un programa de reparación. «Un proceso de reconciliación es un ejercicio de sanación, para la víctima y también para el victimario, que hace un recorrido complejo para reconocer el daño causado y empatizar con la persona que lo ha sufrido», explica José Castilla, que preside la Asociación Andaluza de Mediación (Amedi). Entrar en un programa de restauración no supone un beneficio penitenciario, aunque es muy útil para trabajar en la reinserción social de un preso. «El hecho de que el infractor tome conciencia de sus actos y de las consecuencias que estos tienen reduce significativamente el riesgo de reincidencia», añade el abogado experto en mediación.
"Me ha permitido no quedarme estancado en la rabia"
«Para mí ha resultado reconfortante, a pesar de que el culpable de la muerte de mi padre se negó a participar en el proceso», explica Juan Francisco. No es posible un acto de reconciliación cuando no existe conformidad por las dos partes. En ese caso, los mediadores buscan alternativas y organizan encuentros «subrogados»: «Ponemos en contacto a víctimas y victimarios de delitos similares», explica José Castilla. De hecho, cuando el infractor no quiso sentarse a hablar con Juan Francisco, se buscó a otro condenado en un accidente de similares características. «Fueron dos horas y media de encuentro que me permitieron ponerme en su lugar, entender que también el infractor intenta como puede sobrevivir a lo ocurrido». «Ahora ya no siento odio hacia la persona que provocó la muerte de mi padre. Sé que puedo seguir adelante sin que me pida perdón. El proceso me ha permitido no quedarme estancado en la rabia», añade Juan Francisco.
La justicia restaurativa se abre paso por el sistema judicial y penitenciario español para intentar poner a las víctimas en el centro de las políticas de reparación del daño. «La Justicia tradicional se limita a realizar un cálculo sobre el tiempo de prisión que corresponde a un delito y a cuantificar el precio de la responsabilidad civil, pero no llega mucho más allá», subraya José Castilla, que ha participado en procesos de restauración con todo tipo de víctimas, incluidas las del terrorismo.
No hay ningún tipo de delito que sea más o menos favorable para un programa de reparación. Depende en todo caso del perfil del infractor o de la víctima. El experto recuerda el caso de una mujer que sufrió un tirón por parte de un joven procedente de un barrio marginal de Madrid. El encuentro entre ambos sirvió para establecer una relación estrecha y superar el conflicto generado. La víctima acabó financiando un curso de Formación Profesional para su agresor. «No todas las víctimas demandan una condena para el infractor», añade Castilla.
Los programas de justicia restaurativa forman parte de un plan más amplio de «humanización de la Justicia» que se impulsa de forma desigual desde las administraciones. Los procesos pioneros se pusieron en marcha en Cataluña en 2007. En 2011, el Ministerio del Interior promovió los primeros encuentros entre presos de ETA y víctimas. Desde 2015, la Ley del Estatuto de la Víctima del Delito recoge el derecho de ésta a tener acceso a servicios de justicia restaurativa y mediación, que es la otra gran herramienta de este nuevo modelo.
La Junta de Andalucía presume de ser la comunidad que ha puesto en marcha «una de las estrategias más completas» para la aplicación de medios alternativos de resolución de controversias (MASC), que contribuyen a reducir la sobrecarga de los tribunales.
"Hemos evitado 3.200 juicios en Andalucía"
Entre esas estrategias, la mediación y la conciliación se han convertido en herramientas mucho más ágiles y eficaces para alcanzar acuerdos entre dos partes, gracias a la intervención de un tercero neutral. «Además de ahorrar costes y tiempo a las partes, la mediación permite aliviar la sobrecarga de los juzgados», explica a EL MUNDO el director de Justicia Juvenil y Cooperación de la Junta, Esteban Rondón.
«Durante años se habló mucho sobre la mediación pero se avanzó bastante poco en ella». En 2021, sin embargo, cuenta el magistrado, desde la Junta de Andalucía se dieron los primeros pasos (siguiendo el modelo implantado en Navarra) para activar nuevas herramientas que permitan a los ciudadanos solucionar conflictos sin tener que sufrir los lentísimos procedimientos de la Justicia. Para ello se abrieron los denominados Puntos de Información a la Mediación (PIMA) en las sedes judiciales de las ocho capitales, además de Algeciras y Marbella.
"Tener paz es más importante que tener razón"
Paco es un ciudadano de Chiclana de la Frontera (Cádiz) que tuvo un conflicto muy tenso con un vecino por las molestias que causaba el desagüe de un aire acondicionado. Lo que comenzó por un desacuerdo sobre la manera de solucionar la evacuación del agua del aparato acabó con insultos y serias amenazas. Tras un intercambio de denuncias, el juez propuso someter el caso a una mediación. Y lo que, en la justicia ordinaria podría haberse prolongado durante años, provocando un mayor deterioro de las relaciones entre los vecinos, se resolvió en tres meses «con un acuerdo salomónico». «Tener paz es más importante que tener razón», afirma Paco, convencido de haberse evitado a sí mismo y a su familia un problema mayor de convivencia y de salud mental.
La mediación, dentro del sistema de la justicia gratuita
En esta legislatura, Andalucía ha dado un nuevo impulso al programa, poniendo en marcha servicios propios de la Junta en los que se llevan a cabo los procesos de mediación. Andalucía ha sido, además, la primera comunidad autónoma que ha incluido la mediación en el sistema de la justicia gratuita, de manera que cualquier ciudadano que tenga derecho a un abogado y procurador de oficio en un proceso penal, también lo tiene si opta por resolver el conflicto a través de la mediación.
La creación del Servicio de Mediación Penal de Andalucía (Sempa) en mayo de 2024, público y gratuito, ha evitado ya más de 3.200 juicios en esta comunidad. El plazo medio de resolución ha sido de 30 días y un 85% de los casos abordados concluyeron en conformidad. En su mayoría (un 94%) son delitos leves, vinculados a lesiones, amenazas, hurtos o pequeñas estafas por internet.
Esta apuesta continuará este 2026 con la creación del Servicio público de Mediación Civil y Mercantil (Semca), que tendrá presencia en todas las provincias. Será gratuito para ambas partes siempre que una de ellas sea beneficiaria de la justicia gratuita.
En paralelo, se ha firmado un convenio «pionero» con el Consejo Andaluz de Colegios de Graduados Sociales para extender la mediación al ámbito laboral, de tal forma que, cuando un juzgado de lo Social lo estime, puede derivar los asuntos al PIMA para que explore junto a las partes la posibilidad de llegar a un acuerdo mediante la mediación de un graduado social. «Evitaremos así que muchos conflictos se eternicen, sobre todo, teniendo en cuenta que, en esta jurisdicción, se están ya señalando juicios para 2029 y 2030», apunta el director general de Justicia Juvenil y Cooperación.
El pasado 1 de diciembre, entró en funcionamiento en Andalucía un Registro de Mediadores y Entidades de Mediación, para que los ciudadanos puedan siempre encontrar un profesional con formación específica. Y también se va a poner en marcha un Consejo Asesor de Mediación para hacer seguimiento, evaluación y asesoramiento.
En el proceso de mediación son las partes las que alcanzan el acuerdo (método autocompositivo) y el mediador se limita a establecer el marco adecuado que engrase la relación. Pero existe otra herramienta, en la que el profesional tiene una mayor intervención, que es la conciliación. Se trata de otra alternativa al pleito en la que la Junta invertirá anualmente unos 650.000 euros, que se destinarán a sufragar 10.000 sesiones anuales con los profesionales incluidos en las bolsas específicas que crearán los 11 colegios de abogados.
Fotograma de la serie 'Pubertat', de Leticia Dolera.HBO MAXCuando hay menores involucrados
La mediación lleva años implantada en Andalucía para la resolución de delitos en los que hay menores involucrados, con resultados muy positivos. En un 80% de los casos se llega a una sentencia de conformidad que evita pasar por la experiencia traumática de un juicio. Cuando la víctima sólo demanda una reparación moral o la recuperación de los bienes sustraídos es posible incluso el sobreseimiento, lo que evita una estigmatización que resulta muy perjudicial para la reinserción del menor. Según datos de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública a partir de un estudio llevado a cabo con menores infractores que han participado en estos procesos, el 92,4% «reconoce haber tomado conciencia del delito cometido», y el 84% del «daño provocado a la víctima».
"El Convenio de Estambul se traspuso de forma errónea a la ley española, que veta la mediación en delitos de violencia de género"
La mediación como mecanismo de resolución de conflictos está expresamente prohibida en los casos de violencia de género. Y, dado que la Ley Orgánica 10/2022 (la conocida como 'Ley del sólo sí es sí') asumió que toda agresión sexual a una mujer es violencia de género, también se han excluido de esta modalidad de la justicia restaurativa los delitos sexuales.
Para el director general de Justicia Juvenil y Cooperación de la Junta de Andalucía, Esteban Rondón, resulta coherente esta limitación a la justicia restaurativa, dado que el delito de violencia de género parte del supuesto de que existe una cultura machista que favorece la desigualdad y una relación de poder de los hombres sobre las mujeres. «En los procesos por violencia de género o violencia sexual se llega incluso a tomar medidas para evitar que exista siquiera un contacto visual entre la víctima y el agresor, para que no se reproduzca ese patrón de dominio y subordinación que favorece la violencia. La mediación presupone una relación entre iguales y necesita del contacto entre las partes», explica el magistrado Esteban Rondón.
Sin embargo, hay voces de expertos, incluso dentro del feminismo, que cuestionan esa exclusión. En un artículo publicado en el año 2021 dentro del libro Alianzas Rebeldes. Un feminismo más allá de la identidad (Bellaterrra Edicions), Miren Ortubay considera que la limitación de la justicia restaurativa en casos de violencia de género provoca justo lo contrario al empoderamiento de la mujer: «Es cierto que, a menudo, no cabe siquiera plantear la mediación en ese tipo de relaciones abusivas, dada la desigualdad entre las partes. Por ejemplo, en casos de violencia psicológica ejercida durante años, que destruye la autoestima de la mujer. Sin embargo, la prohibición absoluta ignora que ni todas las manifestaciones de violencia de género son iguales ni todos los agresores lo son. Tampoco todas las mujeres resultan afectadas del mismo modo ni tienen los mismos recursos. Ese automatismo de la ley que ignora la voluntad de las mujeres provoca justo lo contrario del empoderamiento supuestamente perseguido», afirma.
Para el presidente de la Asociación de la Mediación de Andalucía, José Castilla, la Ley traspuso de forma errónea el artículo 48 del Convenio de Estambul (Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica), sobre la «prohibición de modos alternativos obligatorios de resolución de conflictos o imposición de condenas». Dice ese artículo que los firmantes adoptarán «las medidas legislativas o de otro tipo necesarias para prohibir los modos alternativos obligatorios de resolución de conflictos, incluidas la mediación y la conciliación, en lo que respecta a todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio». Según José Castilla, lo que se prohibía es que se «obligue» a las víctimas a pasar por un proceso de mediación. Pero no se prohibía el uso de esta herramienta, cuando se opta a ella de forma voluntaria.
De Maixabel a Pubertat: Así retrata el cine español la justicia restaurativa
El caso más conocido de un ejercicio de acercamiento entre víctima y condenado fue el de Maixabel Lasa, cuyo marido, Juan María Jáuregui, fue asesinado por ETA en el año 2000. Icíar Bollaín relató ese proceso en una película, Maixabel, en 2021. Más recientemente, la serie Pubertat, de Leticia Dolera, retrata el impacto en menores de edad de un caso de abusos sexuales y ha servido igualmente para reivindicar el uso de la justicia restaurativa para minimizar los daños del delito en víctima y victimario.