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Adiós a tirar la comida: los restaurantes, obligados a facilitar gratis un envase al cliente

Adiós a tirar la comida: los restaurantes, obligados a facilitar gratis un envase al cliente
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La entrada en vigor de la Ley del Desperdicio Alimentario convierte en un derecho llevarse a casa los restos de alimentos que no se consuman

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Adiós a tirar la comida: los restaurantes, obligados a facilitar gratis un envase al cliente

La entrada en vigor de la Ley del Desperdicio Alimentario convierte en un derecho llevarse a casa los restos de alimentos que no se consuman

Isabel Méndez

Málaga

Domingo, 5 de abril 2026, 20:58

... cliente los restos de alimentos que no sean consumidos, y no sólo eso, sino que además deben facilitarles un envase gratis para llevarlos. Esto es posible gracias a la entrada en vigor de la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, que fue aprobada en 2025 y que ha contado con un año de adaptación para empresas y establecimientos.

Los negocios de mayor tamaño, especialmente aquellos con superficies superiores a 1.300 metros cuadrados, deberán contar además con un plan específico de prevención del desperdicio alimentario y promover acuerdos con bancos de alimentos u organizaciones sociales para donar excedentes aptos para el consumo. La medida afecta al conjunto del sector hostelero, aunque quedan fuera los servicios tipo bufé libre, donde la comida disponible no está limitada por raciones individuales.

Cambios en supermercados y empresas

Esta nueva ley no sólo se ciñe a la hostelería, sino que también afecta, por ejemplo a los supermercados. Así, las empresas deberán incentivar la venta de productos próximos a su fecha de caducidad mediante descuentos u otras estrategias que puedan conseguir que acaben desechados. eviten que terminen desechados.

El objetivo fijado por España, alineado con las metas europeas y la Agenda 2030 de Naciones Unidas, es ambicioso: reducir un 50 % el desperdicio alimentario per cápita en la fase de venta y consumo y rebajar un 20 % las pérdidas en producción y suministro antes de 2030.

De no cumplir con la nueva normativa, las empresas podrán ser sancionadas en función de la gravedad de la infracción. Por ejemplo, no contar con un plan empresarial de prevención y reducción del desperdicio alimentario (en caso de estar obligado a ello) o destruir intencionadamente alimentos aptos para su consumo son consideradas infracciones graves. El régimen sancionador se recoge entre los artículos 20 y 23 de la ley y las infracciones podrán castigarse con multas de hasta 2.000 euros en los casos más leves y hasta 500.000 en los más graves.

Esta ley, en vigor el pasado 3 de abril, se basa en cuatro pilares:

1. Priorizar el consumo humano mediante donaciones.

2. Reutilizar alimentos a través de transformación o reaprovechamiento.

3. Destinar excedentes a alimentación animal.

4. Utilizar los residuos para compostaje u otros usos energéticos.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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