Lunes, 22 de diciembre de 2025 Lun 22/12/2025
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Economía

La OCDE endurece el cerco sobre los criptoactivos

La OCDE endurece el cerco sobre los criptoactivos
Artículo Completo 992 palabras
Un nuevo documento de directrices busca cerrar las lagunas legales en el ecosistema 'cripto' y hace más estricta la identificación de usuarios. Leer
FISCALLa OCDE endurece el cerco sobre los criptoactivos
  • IGNACIO FAES
22 DIC. 2025 - 00:00La OCDE ha publicado una actualización clave en su guía sobre criptoactivos.DREAMSTIMEEXPANSION

Un nuevo documento de directrices busca cerrar las lagunas legales en el ecosistema 'cripto' y hace más estricta la identificación de usuarios.

Las nuevas directrices sobre criptoactivos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) envían un mensaje claro a los proveedores de servicios: la transparencia fiscal ya no es opcional, y el alcance de la regulación se extiende incluso a sectores que anteriormente se consideraban "grises", como las finanzas descentralizadas (DeFi) y los tokens no fungibles (NFT).

La OCDE ha publicado una actualización clave en su guía de Preguntas Frecuentes sobre el Marco de Información sobre Criptoactivos (CARF). El documento, actualizado a diciembre de 2025, busca eliminar las lagunas legales en la fiscalidad de los activos digitales y clarificar las obligaciones de los proveedores de servicios en un ecosistema cada vez más complejo.

El fin del anonimato

Uno de los puntos más polémicos de la actualización es la clarificación sobre los servicios no custodios. La OCDE señala que cualquier entidad que ejerza "control o influencia suficiente" sobre una plataforma de intercambio, incluso si no custodia los fondos de los clientes -como ocurre en muchos protocolos DeFi-, será considerada un proveedor de servicios de criptoactivos obligado a informar.

Aunque la OCDE admite que la aplicación de estas pruebas de "control" en entornos DeFi podría diferir hasta que se emitan más guías técnicas, el objetivo es evitar que las plataformas se escuden en la descentralización para omitir los procedimientos de debida diligencia.

NFT bajo la lupa

La guía establece criterios estrictos para que un NFT quede excluido de las obligaciones de reporte. Para que un NFT no sea considerado un activo de inversión o medio de pago -y, por tanto, no tenga que reportarse-, el proveedor debe demostrar, por un lado, que no se comercializa como producto de inversión. También debe garantizar que tiene un valor bajo, inferior a 200 dólares. Debe demostrar que no posee un volumen de negociación significativo.

Con esto, la OCDE busca separar el arte digital y los coleccionables genuinos de los activos financieros disfrazados de tokens artísticos.

¿Qué se reporta?

El documento también resuelve dudas operativas sobre movimientos técnicos comunes en el mundo cripto. En el caso del Wrapping y Liquid Staking, el intercambio de un criptoactivo por un token que lo representa (como cambiar Ethereum por un token de staking líquido) será considerado una transacción de intercambio, por lo que las autoridades fiscales sabrán que estas operaciones podrían generar eventos tributables.

En el caso de los préstamos colateralizados, las transferencias de activos como garantía (colateral) no se consideran intercambios, sino transferencias, a menos que el proveedor sepa que se trata de una adquisición o disposición encubierta.

En cuanto a la jurisdicción, la OCDE aclara que si una empresa tiene una sucursal en un país que aplica el CARF, esa sucursal podría estar obligada a reportar todas las transacciones de la entidad global, no solo las locales, a menos que existan acuerdos específicos entre jurisdicciones.

Además, se mantiene el umbral de 50.000 dólares para el reporte de transacciones de pagos minoristas (Retail Payment Transactions). Los proveedores que actúen como agentes de clientes en compras superiores a esta cifra deberán informar detalladamente sobre el usuario.

Para facilitar el rastreo global, la OCDE ordena el uso del Identificador de Token Digital (DTI). Solo en los casos donde no exista un código DTI registrado se permitirá el uso del nombre completo del criptoactivo.

Con esta actualización, la OCDE busca armonizar la implementación del CARF entre los países miembros y asegurar que el intercambio de información sea consistente para 2026.

La clave: el 'filtro' de los 200 dólares para los NFT

Uno de los puntos más llamativos de la nueva normativa es el límite fijado para los tokens no fungibles (NFT). Para evitar que el arte digital o los coleccionables se utilicen como herramientas de evasión fiscal, la OCDE establece que solo quedarán exentos de reporte aquellos que tengan un valor inferior a 200 dólares. Si un NFT supera esa cifra y se negocia con frecuencia, la plataforma estará obligada a identificar al propietario y reportar la transacción, tratándolo de facto como un activo de inversión y no como un simple objeto digital. Por otra parte, para que no existan errores de interpretación entre diferentes países, la OCDE ha impuesto el uso del Identificador de Token Digital (DTI) como norma de reporte. A partir de ahora, las plataformas no podrán simplemente nombrar un activo de forma genérica; deberán utilizar el código de registro de la 'Digital Token Identifier Foundation'. Esta medida busca crear un lenguaje fiscal universal que impida que un mismo activo sea clasificado de forma distinta en diferentes jurisdicciones.

Guía fiscal del IRPF: Cómo deducir en la Renta las inversiones financierasCerco a la evasión: la UE endurece la vigilancia sobre las cuentas en Andorra y MónacoEl 'hachazo' fiscal que dispara la caridad en Wall Street: prisas entre los millonarios para donar Comentar ÚLTIMA HORA
Fuente original: Leer en Expansión
Compartir