El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado por segunda vez el archivo de la causa abierta por el espionaje al Gobierno con el programa Pegasus. El motivo es la falta de sustancia de la investigación francesa y la persistencia de las autoridades israelíes en la falta de colaboración.
La causa penal se inició después de que el CNI detectara la infección con el programa informático de los terminales del presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, y de los ministros de Defensa, Interior y Agricultura, Margarita Robles, Fernando Grande-Marlaska y Luis Planas.
Calama ya archivó inicialmente la investigación en julio de 2023. La reabrió unos meses después para incorporar la información facilitada por las autoridades judiciales francesas proveniente de su propia investigación por el espionaje con Pegasus a miembros del gobierno francés, ministros y diputados, así como a periodistas, abogados, personalidades públicas y asociaciones gubernamentales y ONGs.
En su auto, el juez explica que de las investigaciones realizadas por sus colegas franceses "no se desprenden nuevos datos" que permitan determinar la autoría de los hechos investigados, que podrían suponer delitos de descubrimiento y revelación de secretos.
El CNI informó al juez de que "la información facilitada por las autoridades judiciales de Francia no aporta ninguna novedad sobre los datos que han podido ser extraídos de los teléfonos infectados, ya que el código dañino no deja registros de actividad en el sistema más allá de la cantidad de datos extraída y enviada a sus servidores de mando y control".
Eso supone que sea "técnicamente imposible afirmar nada sobre la naturaleza de la información a la que hayan podido tener acceso los atacantes". También resulta "prácticamente imposible" identificar al autor de la infección, "más allá de la coincidencia de parte de la infraestructura utilizada y el uso de la dirección de correo "Iinakeller2203@gmail.com" para atacar los dispositivos tanto en Francia como en España.
Puesto que no se ha aportado "información", los informes del CNI concluyen que "resulta imposible precisar relación alguna o vinculación de las infiltraciones a los teléfonos móviles objeto de la investigación judicial en Francia con la de los dispositivos móviles objeto de investigación en la presente causa".
A eso se suma que "la frustración de la ejecución" de las comisiones rogatorias por parte de Israel "impide investigar sobre la atribución de la autoría de los hechos investigados a persona concreta alguna", lo que aboca al sobreseimiento provisional de la causa.
El instructor destaca el bloqueo de la causa que acarrea la falta de colaboración de las autoridades de Israel, a las que se enviaron comisiones rogatorias que fueron ampliadas y reiteradas en los últimos años. Eso impide investigar "sobre la atribución de autoría de los hechos delictivos investigados a persona concreta alguna, abocándonos, de forma indefectible, a acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones por falta de autor o autores conocidos".
Con esas comisiones rogatorias el juez pretendía requerir información a la mercantil NSO Group, propietaria del software Pegasus, así como tomar declaración como testigo al CEO de esta compañía.
Calama considera que no pueden practicarse ya otras diligencias de investigación, lo que "conlleva que el proceso permanezca aletargado o en situación de latencia hasta que la información obtenida a través de un eventual y poco probable cumplimiento de la comisión rogatoria que el Estado de Israel tiene obstruida, o bien nuevas fuentes de prueba permitan, en su caso, la continuación de la investigación".
La situación procesal en la que se encuentra la causa, indica el titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro, es lo que en palabras del Tribunal Supremo se califica de "impotencia investigadora".