La Fiscalía y la Abogacía del Estado apoyan amparar al ex presidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, contra la negativa del Tribunal Supremo de amnistiar el delito de malversación de caudales públicos cometido durante el procés.
Ambas instituciones han presentado sus alegaciones ante el Tribunal Constitucional y observan vulneración de derechos fundamentales del prófugo de la Justicia española.
"Lo que debió hacer el Tribunal Supremo es proceder a la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía conforme a la voluntad de legislador", sostiene el abogado del Estado en su escrito conocido por EL MUNDO.
"La interpretación de la Ley de Aministía como norma penal no puede hacerse de manera que resulte absolutamente imprevisible su interpretación y sin ningún soporte (-una argumentación ilógica o indiscutiblemente extravagante- o axiológico -una base valorativa ajena a los criterios que informan nuestro ordenamiento constitucional- conduzcan a soluciones esencialmente opuestas a la orientación material de la norma y, por ello, imprevisibles para sus destinatarios), como ha sucedido con la realizada por el Tribunal Supremo", indica el representante de los servicios jurídicos del Gobierno que aprecia vulneración de derecho a la tutela judicial efectiva.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado informaron a favor de que la Sala de lo Penal del Supremo aplicara la amnistía de forma total a Puigdemont.
El líder de Junts considera que el Supremo, al no borrar la malversación del procés, ha vulnerado su derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, el derecho a la libertad personal, el derecho a la participación política en condiciones de igualdad, el principio de legalidad penal, el derecho a la igualdad ante la ley, el principio de seguridad jurídica, el principio de legalidad, el principio de eficacia normativa y promoción de la libertad e igualdad, la interpretación conforme a los tratados internacionales sobre derechos fundamentales, el sometimiento del poder judicial a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico y el principio de autonomía de las nacionalidades y regiones.